Resolución número 00003118 de 2015, por la cual se autoriza el uso de MAÍZ TC1507 xMON810 xMIR162 x NK603 (DAS-01507-1 xMON-00810-6xSYN-IR162-4xMON-00603-6) como alimento o materia prima para la elaboración de alimentos para consumo humano - 25 de Agosto de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 581263434

Resolución número 00003118 de 2015, por la cual se autoriza el uso de MAÍZ TC1507 xMON810 xMIR162 x NK603 (DAS-01507-1 xMON-00810-6xSYN-IR162-4xMON-00603-6) como alimento o materia prima para la elaboración de alimentos para consumo humano

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín49615

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades reglamentarias, en especial, de las conferidas por el artículo 6º del Decreto número 4525 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que el Convenio de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica, se adoptó el 5 de junio de 1992 y fue aprobado por Colombia mediante la Ley 165 de 1994, la cual fue declarada exequible por la honorable Corte Constitucional mediante Sentencia C-519 de 1994.

Que el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica, fue adoptado el 29 de enero de 2000 y aprobado en Colombia mediante Ley 740 de 2002, la cual fue declarada exequible por la Honorable Corte Constitucional en Sentencia C-071 de 2003.

Que el Gobierno Nacional, mediante el Decreto número 4525 de 2005, reglamentario de la Ley 740 de 2002, estableció el marco regulatorio de los Organismos Vivos Modificados, (OVM).

Que mediante el artículo 1º de la Resolución número 227 de 2007, expedida por el entonces Ministerio de la Protección Social, se conformó el Comité Técnico Nacional de Bioseguridad para OVM con uso en salud o alimentación humana exclusivamente (CTNSalud), integrado por el Ministro de la Protección Social o su delegado, el Director del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) o su delegado y el Director de Colciencias o su delegado.

Que una de las funciones del citado comité es recomendar al Ministro de Salud y Protección Social la expedición del acto administrativo de autorización para el desarrollo de actividades con Organismos Vivos Modificados (OVM).

Que Dupont de Colombia S. A., con domicilio en la ciudad de Bogotá D. C. y NIT. 890.100.454-9, mediante el sexto representante legal suplente, doctor Camilo Gutiérrez Cancino, en oficio dirigido al Invima bajo radicado número 14069599 del 22 de julio de 2014, solicitó autorización de uso de Maíz TC1507 x MON810 x MIR162 x NK603 (DAS-01507-1 x MON-00810-6 x SYN-IR162-4 x MON-00603-6) como alimento o materia prima para la...

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