Resolución número 000040 de 2017, por medio de la cual se establece el procedimiento para la presentación de la Declaración Informativa de Precios de Transferencia - Formulario 120 y se adopta el contenido y las especificaciones técnicas de la información que debe presentarse a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, correspondientes al año gravable de 2016 o la fracción del año gravable 2017 - 4 de Julio de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 685588401

Resolución número 000040 de 2017, por medio de la cual se establece el procedimiento para la presentación de la Declaración Informativa de Precios de Transferencia - Formulario 120 y se adopta el contenido y las especificaciones técnicas de la información que debe presentarse a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, correspondientes al año gravable de 2016 o la fracción del año gravable 2017

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín50284

El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren el numeral 12 del artículo del Decreto 4048 de 2008, los artículos 260-9 y 579-2 del Estatuto Tributario, artículos 1.2.2.1.2, 1.2.2.3.1 y 1.2.2.3.3 del Decreto Único Reglamentario en materia tributaria 1625 del 11 de octubre de 2016, artículos 19 y 20 del Decreto 2105 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que conforme al artículo 260-9 del Estatuto Tributario, los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que cumplan los presupuestos allí señalados, deben presentar anualmente una Declaración Informativa de Precios de Transferencia.

Que los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios deben cumplir la obligación relacionada con la presentación de la declaración informativa de precios de transferencia por el año gravable de 2016 o la fracción de año gravable de 2017, conforme lo establece el artículo 260-9 del Estatuto Tributario, en concordancia con los artículos 1.2.2.1.2, 1.2.2.3.1 y 1.2.2.3.3 del Decreto Único Reglamentario en materia tributaria 1625 del 11 de octubre de 2016, y los artículos 19 y 20 del Decreto

2105 de 2016.

Que el artículo 20 del Decreto 2105 del 22 de diciembre de 2016 establece la forma de presentación de la declaración informativa de precios de transferencia, utilizando los servicios informáticos electrónicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Que el artículo 19 Decreto 2105 del 22 de diciembre de 2016 establece los obligados a presentar la declaración informativa de precios de transferencia por el año gravable 2016.

Que el artículo 20 del Decreto 2105 del 22 de diciembre de 2016 establece los plazos para presentar la declaración informativa de precios de transferencia por el año gravable 2016 en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

Que el artículo 1º de la Resolución 000006 del 3 de febrero de 2017, prescribe el Formulario 120 para la presentación de la mencionada obligación, por el año gravable de 2016 o la fracción del año gravable 2017.

Que el numeral 13 del artículo 1º de la Resolución 12761 del 9 de diciembre de 2011, establece que la declaración informativa de precios de transferencia debe presentarse en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos.

Que el numeral 12 del artículo 3º de la Resolución 12761 del 9 de diciembre de 2011, establece que quienes adquieran con posterioridad a la fecha de entrada en vigencia de esta resolución, la obligación de presentar en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos la declaración informativa de precios de transferencia, deberán hacerlo a partir de las obligaciones que surjan el mes siguiente a la fecha en la que nace la obligación de aplicar el régimen de precios de transferencia.

Que el artículo 11 Decreto 2105 del 22 de diciembre de 2016, habilita presentar las declaraciones tributarias de las personas jurídicas y asimiladas a estas, así como de las sucesiones que se liquidaron durante el año gravable de 2016 o se liquiden durante el año gravable 2017, en el último formulario vigente prescrito por la Unidad Administrativa Especial Dirección...

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