Resolución Número 0000438 DE 2015, por la cual se declara abierto el Procedimiento de Selección Objetiva número 001 de 2015 cuyo objeto es otorgar permisos para el uso del espectro radioeléctrico, en las bandas de HF en el rango de 3 a 30 MHz, VHF en el rango de 30 a 300 MHz y UHF en el rango de 300 a 462.5 MHz, exceptuando el rango 452.5 a 459.4MHz para los servicios radioeléctricos fijo y móvil terrestre, de conformidad con el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias (CNABF). - 27 de Marzo de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 563687770

Resolución Número 0000438 DE 2015, por la cual se declara abierto el Procedimiento de Selección Objetiva número 001 de 2015 cuyo objeto es otorgar permisos para el uso del espectro radioeléctrico, en las bandas de HF en el rango de 3 a 30 MHz, VHF en el rango de 30 a 300 MHz y UHF en el rango de 300 a 462.5 MHz, exceptuando el rango 452.5 a 459.4MHz para los servicios radioeléctricos fijo y móvil terrestre, de conformidad con el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias (CNABF).

EmisorMinisterio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
Número de Boletín49466

El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en ejercicio de las facultades legales previstas en la Ley 1341 de 2009, el Decreto número 4392 de 2010, el Decreto número 2618 de 2012, la Resolución número 2118 de 2011, la Resolución número 1588 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 18 de la Ley 1341 de 2009, es función del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, entre otras, reglamentar las condiciones y requisitos para el otorgamiento de licencias, permisos y registros para el uso

0 explotación de los derechos del Estado sobre el espectro radioeléctrico y los servicios del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones;

Que, de conformidad con los artículos 11 y 72 de la Ley 1341 de 2009, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones debe determinar si existe un número plural de interesados en la banda de frecuencias correspondiente y, en caso tal, adelantar mecanismos de selección objetiva, previa convocatoria pública, para el otorgamiento de los respectivos permisos, así como exigir las garantías correspondientes;

Que la Resolución número 442 de 2013, expedida por la Agencia Nacional del Espectro (ANE), en cumplimiento del artículo 1° del Decreto-ley 4169 de 2011, actualizó y adoptó el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias (CNABF), que posteriormente fue actualizado mediante la Resolución ANE número 14 del 15 de enero de 2014 (Planes de canalización) y la Resolución ANE número 418 del 14 de julio de 2014 (que incluyó un Plan de Canalización en 18 GHz);

Que el artículo 2° del Decreto número 4392 de 2010, “por el cual se reglamenta la selección objetiva y la asignación directa por continuidad del servicio de que tratan los artículos 11 y 72_ de la Ley 1341 de 2009” determinó que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, de oficio o a solicitud de parte, puede ordenar el inicio del procedimiento de selección objetiva mediante acto administrativo motivado, que debe publicarse en su página web, el cual señalará el objeto de la selección objetiva, las frecuencias y bandas de frecuencias en las que se otorgarán los permisos, su localización geográfica, los usos o aplicaciones permitidos en ellas, las contraprestaciones a que haya lugar, el contenido de la solicitud, el estudio técnico que lo soporte, los requisitos específicos requeridos para cada banda o frecuencia, los criterios de selección y el cronograma respectivo;

Que la Resolución número 2118 del 15 de septiembre de 2011, modificada por la Resolución número 1588 de 2012, estableció las condiciones, los requisitos y el trámite para otorgar permisos para el uso de espectro radioeléctrico, exceptuando las bandas de frecuencias atribuidas o identificadas para la operación y prestación de los servicios de IMT y radiodifusión sonora, en desarrollo del Decreto número 4392 de 2010, en consonancia con lo proveído en la sentencia de la Corte Constitucional C-403 de 2010;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 5° del Decreto número 4392 de 2010, y en desarrollo del artículo 15 de la Resolución número 2118 de 2011, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones realizó un estudio para determinar las condiciones correspondientes a las garantías que se exigen en el presente procedimiento de selección objetiva;

Que, teniendo en cuenta lo preceptuado en el artículo 4° de la Resolución número 2118 del 15 de septiembre de 2011, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, mediante documento denominado: “Aviso de Convocatoria Pública número

001 del 10 de febrero de 2015”, publicado en la página web de la Entidad www.mintic. gov.co, convocó a los interesados en participar en el presente procedimiento de Selección Objetiva para que presentaran manifestaciones de interés dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al término de publicación de la convocatoria;

Que la entidad dentro del plazo señalado recibió diferentes manifestaciones de interés para las bandas de frecuencias de que trata la presente resolución, las cuales se encuentran publicadas en el siguiente hipervínculo: http://www.mintic.gov.co/portal/604/articles-6202_ manifestaciones_PSO_001_2015.pdf, lo que permite concluir la existencia de pluralidad de interesados para la asignación de permisos para el uso del espectro en dichas bandas, de conformidad con el artículo 6° de la Resolución número 2118 de 2011;

Que surtida la etapa previa de verificación de existencia de pluralidad de interesados en la asignación de espectro en las bandas de HF en el rango de 3 a 30 MHz, VHF en el rango de 30 a 300 MHz y UHF en el rango de 300 a 462.5 MHz, exceptuando el rango 452.5 a 459.4MHz, en los segmentos atribuidos a los servicios radioeléctricos fijo y móvil terrestre para las cuales se convocó, la entidad considera procedente dar apertura al procedimiento de selección objetiva, teniendo en cuenta los requisitos y condiciones establecidos en las Resoluciones números 2118 de 2011 y 1588 de 2012 y los que se establecen en el presente acto administrativo;

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1° Objeto

Declarar abierto el Procedimiento de Selección Objetiva número 001 de 2015, para otorgar permisos para el uso del espectro radioeléctrico en las bandas de HF en el rango de 3 a 30 MHz, VHF en el rango de 30 a 300 MHz y UHF en el rango de 300 a 462.5 MHz, exceptuando el rango 452.5 a 459.4 MHz, para los servicios radioeléctricos.

Artículo 2° Hora y fecha límite para entrega de solicitudes

La entrega de las solicitudes para el otorgamiento de permisos para el uso del espectro radioeléctrico a nivel nacional, en las bandas de frecuencia HF en el rango de 3 a 30 MHz; VHF en el rango de 30 a 300 MHz; y UHF en el rango de 300 a 462.5 MHz, exceptuando el rango 452.5 a 459.4 MHz, en los segmentos atribuidos a los servicios radioeléctricos fijo y móvil terrestre, se podrá realizar en las instalaciones del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a partir de la hora y fecha de apertura señaladas en el artículo anterior y hasta las 4:30 p. m., del día 10 de abril de 2015.

Para efectos de las solicitudes enviadas a través de correo electrónico, se tendrá en cuenta la hora de recibo del correo electrónico que contenga la solicitud, por lo que se aceptarán todas aquellas recibidas desde las 8:30 a. m., del día 26 de marzo de 2015 hasta las 11:59 p. m., del 10 de abril de 2015.

La presentación, condiciones y requisitos de las solicitudes de participación y de sus anexos se efectuarán de acuerdo con las reglas previstas en la Resolución número 2118 de 2011, y aquellas disposiciones que la modifiquen, sustituyan o deroguen. Las solicitudes deberán ser foliadas en orden consecutivo ascendente, presentadas y radicadas en la ciudad de Bogotá D.C., en la Carrera 8 entre calles 12 A y 12 B - Edificio Murillo Toro, Primer Piso en el Grupo de Gestión de la Información o enviadas...

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