Resolución número 0000481 de 2018, por la cual se modifica el artículo 3º de la Resolución 2640 de 2005 en relación con los requisitos que deben cumplir los bancos de tejidos y de médula ósea y las IPS habilitadas con programas de trasplante - 22 de Febrero de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 704211481

Resolución número 0000481 de 2018, por la cual se modifica el artículo 3º de la Resolución 2640 de 2005 en relación con los requisitos que deben cumplir los bancos de tejidos y de médula ósea y las IPS habilitadas con programas de trasplante

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín50515

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 3º del Decreto 2493 de 2004 y en desarrollo del numeral 13 del artículo 2º del Decreto-ley 4107 de 2011 y,

CONSIDERANDO:

Que el parágrafo del artículo 3º del Decreto 2493 de 2004 dispuso que los Bancos de Tejidos y de Médula Ósea y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, IPS, que se encuentren habilitadas con programas de trasplante deberán inscribirse ante la sede de la Coordinación Regional de la Red de Donación y Trasplantes de la respectiva jurisdicción, de acuerdo con los requisitos establecidos por el hoy Ministerio de Salud y Protección Social.

Que este Ministerio expidió la Resolución 2003 de 2014, que en su artículo 7º define el procedimiento de inscripción de prestadores y habilitación de servicios en la Entidad Departamental o Distrital de Salud y establece que se considera inscrito el prestador que cumpla con dicho procedimiento, momento a partir del cual el prestador podrá ofertar y prestar los servicios de salud.

Que de acuerdo con el artículo 7º de la Resolución 2003 de 2014 las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud se consideran inscritas y sus servicios habilitados, una vez cumplan con el procedimiento de inscripción de prestadores y habilitación de servicios en la entidad departamental o distrital de salud, por lo que se hace necesario suprimir la exigencia del certificado de cumplimiento de estándares de habilitación.

Que se hace necesario determinar los requisitos para la inscripción de las instituciones del Sistema de Salud pertenecientes a las Fuerzas Militares y a la Policía Nacional ante las coordinaciones regionales de la Red de Donación y Trasplantes, cuando voluntariamente deseen ofertar los servicios de trasplante de tejidos a EAPB, IPS o entidades territoriales.

Que así mismo, es preciso definir los requisitos que deben cumplir las instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) que realizan trasplantes de tejidos para la inscripción ante las coordinaciones regionales de la Red de Donación y Trasplantes.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Modificar el artículo 3º de la Resolución 2640 de 2005, el cual quedará así:

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