Resolución número 000051 de 2019, por la cual se establecen los requisitos para la designación de Agentes de Retención del Impuesto sobre las Ventas (IVA) - 12 de Agosto de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 808818785

Resolución número 000051 de 2019, por la cual se establecen los requisitos para la designación de Agentes de Retención del Impuesto sobre las Ventas (IVA)

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín51043

El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas en el numeral 7 del artículo del Decreto 4048 de 2008 y en el artículo 437-2 del Estatuto Tributario, y

CONSIDERANDO:

Que con el fin de facilitar, acelerar y asegurar el recaudo del impuesto sobre las ventas (IVA), el artículo 437-1 del Estatuto Tributario estableció la retención en la fuente en este impuesto.

Que el artículo 437-2 del Estatuto Tributario señala quiénes son agentes de retención en el impuesto sobre las ventas (IVA), en la adquisición de bienes y prestación de servicios gravados.

Que el numeral 2 del citado artículo indica que son agentes de retención en el impuesto sobre las ventas -IVA quienes se encuentren catalogados como grandes contribuyentes por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), sean o no responsables del IVA, y los que, mediante resolución expedida por la misma entidad, se designen como tal.

Que mediante Resolución número 006339 del 8 de junio de 2011, la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), estableció los requisitos mínimos para la designación de algunas sociedades y/o entidades como agentes de retención del impuesto sobre las ventas (IVA).

Que la estrategia de gobierno "Estado Simple, Colombia Ágil" da pautas para simplificar los trámites que los ciudadanos deben realizar ante las entidades públicas, acudiendo a la utilización de las herramientas tecnológicas y de información, por lo cual se requiere verificar los requisitos establecidos para cada uno de ellos.

Que es deber de las entidades suprimir los trámites innecesarios, sin apartarse de la obligación de considerar y valorar todos los requisitos para otorgar a los ciudadanos, cuando sea del caso una debida atención a las solicitudes que presenten, utilizando las herramientas de información y comunicación que permitan adelantar los procesos con diligencia, dentro de los términos legales y sin dilaciones injustificadas.

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