Resolución número 000058 de 2018, por la cual se modifica y adiciona la Resolución número 009 de 2018, 'por la cual se ajusta la medición del rendimiento laboral de los servidores vinculados mediante nombramiento provisional en empleos cuya naturaleza es de carrera administrativa y los vinculados en empleos temporales en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)'
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales |
Número de Boletín | 50791 |
El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 3 del artículo 6 del Decreto 4048 de 2008,
CONSIDERANDO:
Que es preciso incluir y aclarar algunos aspectos de la Medición del Rendimiento Laboral de los servidores vinculados mediante nombramiento provisional en empleos cuya naturaleza es de carrera administrativa y los vinculados en empleos temporales, no contemplados en la Resolución número 009 de 2018.
Que la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) expidió la Resolución número 009 de 2018, "por la cual se ajusta la medición del rendimiento laboral de los servidores vinculados mediante nombramiento provisional en empleos cuya naturaleza es de carrera administrativa y los vinculados en empleos temporales en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)".
Que se ha dado cumplimiento a las formalidades previstas en los artículos 3º y 8º de la Ley 1437 de 2011 y al artículo 32 de la Resolución número 204 de 2014 de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Que, en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 3º. Principios, obligaciones y derechos. La medición del rendimiento laboral debe realizarse en forma objetiva, basándose en evidencias y respetando los principios constitucionales de buena fe, transparencia, debido proceso, igualdad y las normas que regulan el ejercicio de la función pública.
Artículo 4º. Sujetos de la medición del rendimiento laboral:
· Empleados vinculados con nombramiento provisional en empleos cuya naturaleza es de carrera administrativa, que se encuentren desarrollando sus funciones mediante modalidad presencial o de teletrabajo.
· Empleados de planta temporal, que se encuentren desarrollando sus funciones mediante modalidad presencial o de teletrabajo.
Artículo 7º. Etapas y responsables de la medición del rendimiento laboral para el personal de planta temporal o vinculado con carácter provisional. La medición del rendimiento laboral de los servidores vinculados mediante nombramiento provisional en empleos de carrera administrativa y los vinculados en empleos temporales de la...
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