Resolución número 000068 de 2018, por el cual se modifica el artículo 1º de la Resolución 027 del 2 de mayo de 2018 - 11 de Enero de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 756972441

Resolución número 000068 de 2018, por el cual se modifica el artículo 1º de la Resolución 027 del 2 de mayo de 2018

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín50833

El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de las facultades legales y en especial las dispuestas en el artículo 2º de la Ley 1609 de 2013, numeral 2 del artículo y numeral 12 del artículo del Decreto 4048 de 2008, y el artículo 119 del Decreto 2685 de 1999,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 119 del Decreto 2685 de 1999, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá establecer mediante resolución de carácter general la obligación de presentar declaración de importación en forma anticipada a la llegada de la mercancía, teniendo en cuenta los análisis de riesgo derivados del Sistema de Gestión del Riesgo, de conformidad con el artículo 493 del Decreto 390 de 2016.

Que mediante Resolución número 027 del 2 de mayo de 2018, modificada por la Resolución 035 de 19 junio de 2018, se estableció la obligación de presentar declaración de importación anticipada para unas mercancías.

Que en aras de facilitar la operación aduanera en el proceso de importación de las mercancías sujetas a la presentación de la declaración anticipada, existe la necesidad de generar los términos para las mercancías que arriben al territorio aduanero nacional cuyo transporte desde el país de procedencia hacia Colombia sea considerado como trayecto corto.

Que debe garantizarse la seguridad jurídica cuando el término para la presentación de la declaración de importación de que trata la presente se vean afectados por el anticipo o demora en el arribo del medio de transporte.

Que en razón de la importancia que reviste los términos para la presentación en forma anticipada de la declaración de importación, se hace necesario dar aplicación a

la excepción prevista en el parágrafo 2º del artículo de la Ley 1609 de 2013, para la inmediata vigencia de la presente resolución.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo de la Ley 1437 de 2011 y lo previsto en el inciso tercero del numeral 2 del artículo 32 de la Resolución 204 de 2014, el proyecto fue publicado previamente a su expedición en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales durante los días 8 al 15 de noviembre de 2018, con el objeto de recibir opiniones, sugerencias, comentarios o propuestas...

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