Resolución número 00007 de 2020, por medio de la cual se decide una actuación administrativa - 9 de Febrero de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 840101963

Resolución número 00007 de 2020, por medio de la cual se decide una actuación administrativa

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín51222

Expediente 427 de 2017

El Registrador Principal encargado de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Norte, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los artículos 59 de la Ley 1579 de 2012, 42 y 43 de la Ley 1437 de 2011, 22 del Decreto número 2723 de 2014 e Instrucción Administrativa 11 de 2015 de la SNR, y

CONSIDERANDO: RESUELVE:

Artículo 1º Dejar sin valor ni efecto registral la anotación número 17 y número 18 del folio de matrícula inmobiliaria 50N-20385090 con fundamento en el inciso segundo del artículo 60 de la Ley 1579 de 2012

Efectúese la salvedad de ley.

Artículo 2º Excluir del campo de anotaciones cancelados del folio 50N-20385090 que la anotación número 17 canceló la 14 de conformidad con la parte motiva de esta providencia

Efectúense las salvedades de ley.

Artículo 3º Notificar personalmente la presente resolución a:
  1. Alexánder Colmenares Russi.

  2. Ofelia Russi Cervantes.

  3. Jeimy Charlene Puerto Gómez en calidad de Representante Legal de IUS Factoring SAS.

  4. Constructora Colpatria S. A.

De no ser posible la notificación personal, esta se surtirá por aviso, en la forma prevista en los artículos 67 y 69 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo de lo Contencioso Administrativo) y como quiera que la decisión aquí adoptada puede afectar en forma directa e inmediata a terceros indeterminados que no han intervenido en esta actuación, y a determinados de quienes se desconozca su domicilio, la parte resolutiva de este acto deberá publicarse en la página electrónica de la entidad y en un medio masivo de comunicación en el territorio donde es competente quien expide esta decisión. (Artículo 73 ibídem).

Artículo 3º Comunicar el contenido de este acto administrativo y remitir copia del mismo a la siguiente entidad:
  1. Bancolombia S. A.

  2. Juzgado 13 Civil del Circuito de Bogotá, dentro del proceso ejecutivo número...

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