Resolución número 000073 de 2019, por la cual se modifica el artículo 128 de la Resolución 0000046 de 2019 - 6 de Noviembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 825962621

Resolución número 000073 de 2019, por la cual se modifica el artículo 128 de la Resolución 0000046 de 2019

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín51129

El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de las facultades legales y, en especial, las dispuestas en el artículo 2º de la Ley 1609 de 2013, numeral 2 del artículo y numeral 12 del artículo del Decreto 4048 de 2008 y el Decreto 1165 de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que el parágrafo del artículo 75 del Decreto 1165 de 2019, otorgó a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales la facultad de adoptar las medidas necesarias para limitar el ingreso o salida de mercancías por los lugares habilitados bajo control aduanero, por razones de seguridad nacional previamente determinadas por el Gobierno nacional, o por razones de control.

Que los cupos establecidos en el artículo 128 de la Resolución 000046 de 2019, fueron establecidos desde el año 2012, por lo cual se considera que deben ser actualizados y ajustados, teniendo en cuenta la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), y los factores poblacionales y migratorios que se han presentado durante los últimos años en la región.

Que el cupo a que se refiere el numeral 3 del artículo 128 de la Resolución 000046 de 2019, se otorgará de acuerdo con el valor en UVT para el año 2019 y el aumento anual del citado cupo para los siguientes años se determinará de acuerdo al valor de la UVT establecido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales cada año.

Que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante la Resolución 56 del 22 de noviembre de 2018, fijó la Unidad de Valor Tributario (UVT), que rige para el año 2019, en treinta y cuatro mil doscientos setenta pesos ($34.270).

Que el Acuerdo del GATT de 1994, imparte directrices destinadas a la administración no discriminatoria de las restricciones cuantitativas, por lo que se requiere establecer requisitos y procedimientos para la asignación de cupos o contingentes bajo el mecanismo "primer llegado / primer servido", garantizando condiciones transparentes y equitativas a los usuarios de comercio exterior.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo de la Ley 1437 de 2011 y lo provisto en el inciso tercero del numeral 2 del artículo 32 de la Resolución 204 de 2014, el proyecto fue publicado previamente a su expedición en el sitio...

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