Resolución número 000075 de 2019, por la cual se adiciona el Anexo 1 de la Resolución número 000046 del 26 de julio de 2019 y se dictan otras disposiciones - 6 de Noviembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 825962625

Resolución número 000075 de 2019, por la cual se adiciona el Anexo 1 de la Resolución número 000046 del 26 de julio de 2019 y se dictan otras disposiciones

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín51129

El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de las facultades legales, y en especial las conferidas por el numeral 12 del artículo del Decreto número 4048 de 2008,

CONSIDERANDO:

Que la Resolución número 000046 del 26 de julio de 2019, en el Anexo 1, establece los códigos de modalidades aduaneras en el régimen de importación;

Que los artículos 274 y 275 de la Ley 1955 del 25 de mayo de 2019, "Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, Pacto por Colombia, Pacto por la equidad", establecen una tarifa especial de arancel a las importaciones de productos clasificados en los Capítulos 61 y 62 del Arancel de Aduanas Nacional, y en reglamentación de los mismos se expidió el Decreto número 1419 del 6 de agosto de 2019;

Que para dar aplicación al Decreto número 1419 del 6 de agosto de 2019, se hace necesario presentar a través del sistema informático aduanero SYGA Importaciones, la declaración de importación de las mercancías clasificables por los Capítulos 61 y 62 del arancel de aduanas y realizar ajustes a la liquidación de tributos aduaneros que efectúa el sistema informático en el Formulario 500, Declaración de importación, y establecer los códigos de modalidad para la importación con pago de tributos aduaneros de mercancías que se encuentren sometidas a la tarifa de arancel señalada en el citado decreto;

Que teniendo en cuenta el término de entrada en vigencia del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, se hace necesario dar aplicación a la excepción prevista en el parágrafo 2º del artículo de la Ley 1609 de 2013, en el sentido de que lo previsto en la presente resolución se aplicará de manera inmediata;

Que conforme lo previsto en el inciso 3º del numeral 2 del artículo 32 de la Resolución número 204 de 2014, la publicación de este proyecto de resolución se realizó por un plazo inferior a los quince (15) días calendario, en razón a la importancia que reviste la norma para el desarrollo del país y los usuarios del comercio exterior;

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3º y...

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