Resolución número 00008461 de 2019, por medio de la cual se establece el plan fitosanitario para moscas de la fruta en predios de producción de vegetales para la exportación en fresco registrados ante el ICA - 26 de Junio de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 796962077

Resolución número 00008461 de 2019, por medio de la cual se establece el plan fitosanitario para moscas de la fruta en predios de producción de vegetales para la exportación en fresco registrados ante el ICA

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano Agropecuario
Número de Boletín50996

La Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por el artículo 4º del Decreto número 3761 de 2009, el numeral 1 del artículo 2.13.1.3.1 del Decreto número 1071 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano Agropecuario ICA como Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) tiene la función de proteger la sanidad vegetal del país, mediante la ejecución de acciones de prevención, control y erradicación de plagas.

Que corresponde al ICA establecer las acciones que sean necesarias para la prevención, control, manejo técnico y económico de plagas y enfermedades de los vegetales y sus productos.

Que el ICA mediante la expedición de la Resolución número 448 de 2016 estableció los requisitos para el registro ante el ICA de los predios de producción de vegetales para exportación en fresco, el registro de los exportadores y el registro de las plantas empacadoras de vegetales para la exportación en fresco.

Que asimismo la citada resolución estableció como obligación de los titulares de registros de predios productores de vegetales para exportación en fresco, la implementación y cumplimiento de los planes fitosanitarios para plagas que el ICA establezca.

Que las moscas de las frutas son plagas de importancia económica y algunas especies limitan la exportación de nuestros productos hacia otros países y se constituyen en plagas de control oficial en Colombia.

Que en razón a que algunas especies de moscas de la fruta se encuentran presentes en el territorio nacional, generando un impacto económico en la producción de vegetales frescos para exportación, debido a que restringen el acceso de estos productos a nuevos mercados y tienen un alto riesgo de establecimiento y dispersión, se hace necesario establecer un plan fitosanitario para moscas de la fruta en predios de producción de vegetales para la exportación en fresco.

En virtud de lo anterior,

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto.

Establecer el plan fitosanitario para moscas de la fruta en predios de producción de vegetales para la exportación en fresco registrados ante el ICA.

Artículo 2º Campo de aplicación.

Las disposiciones establecidas en la presente resolución serán aplicables a todas las personas naturales o jurídicas titulares de los registros de predios productores de vegetales para la exportación en fresco registrados ante el ICA, que sean hospedantes de moscas de la fruta y otras especies del orden Díptera de importancia fitosanitaria, según lo establecido por el ICA.

Artículo 3º Definiciones.

Para los efectos de la presente resolución se establecen las siguientes definiciones:

3.1 Detección: Descubrimiento de un espécimen de la plaga objetivo.

3.2 Hospedante: Una especie o cultivar de planta que se ha demostrado científicamente que se encuentra infestada por una especie de mosca de la fruta y es capaz de sostener su desarrollo hasta que se conviertan en adultos viables.

3.3 Moscas de la fruta: Insectos del orden Díptera, capaces de causar daños a las frutas y hortalizas. En el ámbito mundial los géneros de mayor importancia de este tipo de insectos son: Ceratitis, Anastrepha, Bactrocera, Dacus, Rhagoletis y Toxotrypana.

3.4 Muestreo: Actividad de elegir muestras representativas de una población.

3.5 Paraferomona: Compuesto químico sintético que afecta de una u otra manera el comportamiento de una especie y son atractivos principalmente para machos sexualmente maduros; pero que provocan una reacción similar a las verdaderas feromonas.

3.6 Plaga: Cualquier especie, raza o biotipo vegetal o animal o agente patógeno dañino para las plantas o productos vegetales.

3.7 Proteína hidrolizada: Compuesto proteínico que se encuentra separado en sus aminoácidos, ya sea por efecto del agua, fermentos o ácidos.

3.8 Organización Nacional de Protección Fitosanitaria: Servicio oficial establecido por un gobierno para desempeñar las funciones especificadas por la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF).

3.9 Servicio de trampa: Conjunto de actividades destinadas al mantenimiento, aprovisionamiento y revisión, a fin de conservar las características de atracción de los lures y/o sustratos alimenticios utilizados.

3.10 Trampa: Dispositivo cebado que se usa para la captura de uno o más géneros o especies de moscas de la fruta.

3.11 Trampa McPhail: Recipiente plástico, en el cual se coloca el atrayente cuyo principio es la atracción alimenticia que ejerce la mezcla sobre moscas de la fruta de cualquier especie.

3.12 Trampa Jackson: Objeto en forma de delta, hecho con cartón encerado. Las partes adicionales incluyen: un inserto rectangular de cartón encerado, cebo atrayente, una canasta de plástico que sostiene la pastilla con cebo y un gancho de alambre.

3.13 Tarjeta para control de servicio: Instrumento de marcado e identificación, que sirve para el control de lectura y captura de información en trampas, la cual contienen campos de información definidos por el ICA.

3.14 Vigilancia: Proceso mediante el cual se recoge y registra información sobre la presencia o ausencia de una plaga utilizando encuestas, monitoreo u otros procedimientos.

Artículo 4º Sistema de vigilancia y detección de moscas de la fruta en predios.

Los titulares de los registros de los predios productores de vegetales para la...

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