Resolución número 000086 de 2019, por la cual se modifican y adicionan las Resoluciones número 009 de 2008, 011 de 2008 y 054 de 2017 - 2 de Diciembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 828872165

Resolución número 000086 de 2019, por la cual se modifican y adicionan las Resoluciones número 009 de 2008, 011 de 2008 y 054 de 2017

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín51155

El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de las facultades legales, en especial las que le confieren los numerales 1, 5 y 23 del artículo 6º del Decreto

4048 del 22 de octubre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 691 del Estatuto Tributario asignaba la competencia funcional para proferir las ampliaciones a los requerimientos especiales; las liquidaciones de revisión; corrección y aforo; la adición de impuestos y demás actos de determinación oficial de impuestos, anticipos y retenciones; así como la aplicación y reliquidación de las sanciones por extemporaneidad, corrección, inexactitud, por no declarar, por libros de contabilidad, por no inscripción, por no expedir certificados, por no explicación de gastos, por no informar, la clausura del establecimiento; las resoluciones de reintegro de sumas indebidamente devueltas así como sus sanciones, y en general, de aquellas sanciones cuya competencia no esté adscrita a otro funcionario y se refieran al cumplimiento de las obligaciones de informar, declarar y determinar correctamente los impuestos, anticipos y retenciones, al Jefe de la Unidad de Liquidación.

Que el artículo 50 del Decreto Ley 2106 de 2019, adicionó un parágrafo al artículo 691 del Estatuto Tributario, consagrando que, a partir de la entrada en vigencia de dicho decreto, la competencia funcional para proferir los actos de que trata el artículo en mención corresponde al Jefe de la Unidad de Fiscalización.

Que mediante las Resoluciones número 009 de 2008, 0011 de 2008 y 054 de 2017, el Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales distribuyó en las Divisiones de Gestión de Fiscalización y Liquidación de las Direcciones Seccionales, así como en sus GIT, las competencias, acorde con lo establecido en el artículo 691 del Estatuto Tributario.

Que las funciones de administrar los derechos de explotación y...

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