Resolución número 000089 de 2018, por medio de la cual se dictan lineamientos y establece el plan de acción para implementar el Teletrabajo de la Agencia de Renovación del Territorio y se crea el comité de teletrabajo - 21 de Agosto de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 737339449

Resolución número 000089 de 2018, por medio de la cual se dictan lineamientos y establece el plan de acción para implementar el Teletrabajo de la Agencia de Renovación del Territorio y se crea el comité de teletrabajo

EmisorEntidades Financieras de Naturaleza Especial - Agencia de Renovación del Territorio
Número de Boletín50692

La Directora General de la Agencia de Renovación del Territorio (ART), en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en los Decretos números 1068 de 2015, 2366 de 2015 y en especial las conferidas en la Ley 1221 de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1221 de 2008 es promover y Regular el teletrabajo como un instrumento de generación de empleo y autoempleo mediante la utilización de tecnología de la información y las comunicaciones.

Que el propósito de la Ley 1221 de 2008 es el de promover y regular el Teletrabajo como un instrumento de generación de empleo, autoempleo y como una nueva forma de organización laboral mediante la utilización de las tecnologías de la información y las comunicaciones.

Que mediante el Decreto número 884 de 2012, se reglamenta la Ley 1221 de 2008 y se establecen las condiciones generales de teletrabajo que regirán las relaciones entre empleadores y Teletrabajadores en relación de dependencia, tanto en el sector privado como público.

Que el Artículo 2.2.5.5.54 del Decreto número 648 de 2017 establece el "Fomento al teletrabajo para empleados públicos. Los jefes de los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva de los órdenes nacional y territorial podrán implementar el teletrabajo a los empleados públicos, de conformidad con la Ley 1221 de 2008 y el Capítulo 5 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1072 de 2015, Único Reglamentario del Sector Trabajo, y demás normas que los modifiquen o complementen".

Que Decreto número 1072 de 2015 en el artículo 2.2.1.5.2 establece que "... el teletrabajo es una forma de organización laboral, que se efectúa en el marco de un contrato de trabajo o de una relación laboral dependiente, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas utilizando como soporte las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) para el contacto entre el trabajador y empleador sin requerirse la presencia física del trabajador en un sitio específico de trabajo".

Que se desarrollará inicialmente el teletrabajo en la entidad mediante la implementación de una prueba piloto en aras de favorecer a los servidores públicos que se encuentren en algún criterio de prioridad señalado en la presente resolución o por el comité de teletrabajo.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Ámbito de aplicación.

La presente reglamentación es aplicable a los servidores públicos de la Agencia de Renovación del Territorio (ART), que laboran en la sede central de la entidad, quienes mediante acuerdo previo y a través de acto administrativo se les confiera trabajar bajo la modalidad de teletrabajo, establecida en la Ley 1221 de 2008 y reglamentada por el Decreto número 0884 de 2012.

Artículo 2º Alcance de la aplicación del teletrabajo.

Con el fin de ir adecuando el teletrabajo al interior de la Entidad se iniciará la implementación mediante la aplicación de una prueba piloto que tendrá un año de vigencia, que serán contados a partir de la expedición de la presente resolución.

Artículo 3º Manual de Funciones.

En el manual de funciones de la Entidad se deberá identificar las actividades susceptibles de ser desarrolladas mediante el teletrabajo y se incorporará un capitulo que establezca las reglas especiales para su práctica, el cual tendrá en cuenta:

  1. Área de aplicación

  2. Condición de acceso al teletrabajo

  3. Modalidad de Teletrabajo.

Artículo 4º Criterios de prioridad y procedimiento de implementación.

Se tendrán los siguientes criterios de prioridad para favorecer la modalidad de teletrabajo serán los siguientes:

  1. Discapacidad o movilidad reducida.

  2. Con hijos o padres en situación de...

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