Resolución número 000091 de 2018, por la cual se reglamenta el Sistema de Estímulos, el Programa de Bienestar Social e Incentivos de la Agencia de Renovación del Territorio - 21 de Agosto de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 737339397

Resolución número 000091 de 2018, por la cual se reglamenta el Sistema de Estímulos, el Programa de Bienestar Social e Incentivos de la Agencia de Renovación del Territorio

EmisorEntidades Financieras de Naturaleza Especial - Agencia de Renovación del Territorio
Número de Boletín50692

La Directora General de la Agencia de Renovación del Territorio (ART), en ejercicio de sus facultades legales, y en especial las conferidas en el Decreto número 1567 de 1998, Decreto número 1227 de 2005, Decreto número 2366, 1083 de 2015, Decreto número 894 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que en el artículo 52 de la Constitución Política de Colombia "El ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tienen como función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano. (...)", y en el artículo 57 se determina que "La ley podrá establecer los estímulos y los medios para que los trabajadores participen en la gestión de las empresas".

Que de conformidad con lo dispuesto en los numerales 4 y 5 del artículo 33 de la Ley 734 de 2002, es un derecho de los servidores públicos y sus familias participar en todos los programas de bienestar social que establezca el Estado, así como disfrutar de estímulos e incentivos conforme a las disposiciones vigentes.

Que la Agencia de Renovación del Territorio, se encuentra regulada en materia de empleo público, carrera administrativa y gerencia pública por la Ley 909 de 2004, Decreto número 1083 de 2015.

Que según lo dispuesto Decreto número 1083 de 2015 en "Artículo 2.2.10.1 programas de estímulos, las entidades deberán organizar programas de estímulos con elfin de motivar el desempeño eficaz y el compromiso de sus empleados. Los estímulos se implementarán a través de programas de bienestar social".

Que el artículo "Artículo 2.2.10.9 ibídem "Plan de incentivos institucionales. El jefe de cada entidad adoptará anualmente el plan de incentivos institucionales y señalará en él los incentivos no pecuniarios que se ofrecerán al mejor empleado de carrera de la entidad, a los mejores empleados de carrera de cada nivel jerárquico y al mejor empleado de libre nombramiento y remoción de la entidad, así como los incentivos pecuniarios y no pecuniarios para los mejores equipos de trabajo".

Dicho plan se elaborará de acuerdo con los recursos institucionales disponibles para hacerlos efectivos. En todo caso los incentivos se ajustarán a lo establecido en la Constitución Política y la ley".

Que el Decreto-ley 1567 de 1998, en el Título 11 y Decreto número 1083 de 2015 artículo 2.2.10.8 que establece el Sistema de Estímulos para los empleados del Estado, el cual está integrado por los Programas de Bienestar Social e Incentivos.

Que el Programa de Incentivos está dirigido a otorgar incentivos pecuniarios y no pecuniarios y tiene como objetivo crear un ambiente laboral propicio al interior de las entidades, así como reconocer el desempeño de los servidores públicos en niveles de excelencia.

Que el literal e) del artículo 16 del Decreto-ley 1567 de 1998 y Decreto número 1083, artículo 2.2.10.9, establece que los programas de bienestar social e incentivos deben ser diseñados por cada entidad armonizando las políticas generales y las necesidades particulares e institucionales.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

CAPÍTULO I Artículos 1 a 6

Sistema de estímulos

Artículo 1º Reglamentar el Sistema de Estímulos de la Agencia de Renovación del Territorio, el cual está constituido por el conjunto interrelacionado de políticas, planes, estrategias y acciones orientados a incrementar los niveles de competitividad institucional y de satisfacción, motivación, desarrollo y reconocimiento de los empleados, de conformidad con lo señalado en los artículos subsiguientes.

"La política de Talento Humano de la Agencia de Renovación del Territorio promueve el desarrollo del talento humano mediante el diseño y ejecución de programas de capacitación, bienestar laboral y salud ocupacional.

El desarrollo de las competencias, habilidades, aptitudes e idoneidad de los servidores públicos fomenta la creación de un ambiente laboral de mutua confianza, con base en relaciones de trabajo respetuosas, claras, equitativas y justas que procuren el desarrollo integral de servidores públicos y colaboradores".

Artículo 2º Establecer las siguientes políticas generales que orientarán la formulación y desarrollo de los Programas de Bienestar Social e Incentivos, que integran el Sistema de Estímulos:
  1. El Sistema de Estímulos se articulará con los demás procesos de la Gestión del Talento Humano para que sus acciones contribuyan de forma efectiva al mejoramiento de la calidad de vida, atendiendo las necesidades e intereses prioritarios de los servidores públicos y sus familias.

  2. Los Programas de Bienestar Social de la Agencia de Renovación del Territorio, promoverán en los servidores públicos y sus familias la integración y el sentido de pertenencia institucional y sectorial, a través de la realización de actividades recreativas, deportivas y culturales.

  3. En los procesos que comprometan al talento humano institucional se promoverá la participación, el sentido ético, el fortalecimiento de valores, el alto desempeño y el compromiso hacia el servicio a la ciudadanía.

  4. En las actividades del Programa de Bienestar Social se promoverá la participación del grupo familiar, contribuyendo así al fortalecimiento del sentido de pertenencia y la calidad de vida.

  5. Los recursos disponibles para la implementación y desarrollo del Sistema de Estímulos se optimizarán estableciendo acuerdos y alianzas estratégicas.

Artículo 3º Definir, entre otras, las siguientes finalidades del Sistema de Estímulos, de acuerdo con la normatividad vigente:
  1. Garantizar que la gestión institucional y los procesos de administración del talento humano se manejen integralmente en función del bienestar social y del desempeño eficiente y eficaz de los empleados.

  2. Estimular el desarrollo del potencial profesional y humano de los servidores públicos con el propósito de incrementar la satisfacción laboral y generar actitudes que favorezcan la prestación del servicio público y el mejoramiento continuo de la Entidad.

  3. Recompensar el desempeño exitoso de los servidores públicos.

Artículo 4º Definir los fundamentos del Sistema de Estímulos, que lo sustentan y justifican, de conformidad con...

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