Resolución número 000102 de 2018, por la cual se establece la cobertura y los cultivos del Plan de Gestión de Riesgos Agropecuarios para la vigencia 2018, y se dictan otras disposiciones. - 17 de Febrero de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 703397445

Resolución número 000102 de 2018, por la cual se establece la cobertura y los cultivos del Plan de Gestión de Riesgos Agropecuarios para la vigencia 2018, y se dictan otras disposiciones.

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín50510

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas por el artículo 208 de la Constitución Política y el artículo 3º de la Ley 69 de 1993, modificado por el artículo 75 de la Ley 1450 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 75 de la Ley 1450 de 2011, por el cual se modifica el artículo 3º de la Ley 69 de 1993, señala: "El seguro agropecuario ampara los perjuicios causados por riesgos naturales y biológicos ajenos al control del tomador, asegurado o beneficiario que afecten las actividades agropecuarias. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural reglamentará la aplicación de esta norma".

Que la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario (en adelante CNCA), mediante Resolución número 15 de 2017, aprobó el Plan Anual de Gestión de Riesgos Agropecuarios para el ejercicio 2018.

Que el artículo 5º de la resolución antes mencionada establece un subsidio a la prima del Seguro Agropecuario hasta del 60% sobre la prima neta, que se aplicará en su totalidad al inicio de la vigencia de la póliza.

Que de conformidad con el mismo artículo 5º señalado anteriormente, en los siguientes eventos el subsidio por contratación será hasta del 80%, si el productor calificó como pequeño productor, y hasta del 70% si se trata de medianos o grandes productores:

- "Cuando el cultivo o actividad asegurada haga parte del programa Colombia Siembra del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

- Cuando el cultivo o actividad asegurada haya sido financiada por el productor con un crédito agropecuario, otorgado con recursos de redescuento o propios del intermediario financiero en condiciones Finagro y debidamente registrado en Finagro.

- Cuando el producto agropecuario asegurado haga parte de aquellos que son objeto de contingentes de exportación,...

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