Resolución número 0001272 de 2020, por la cual se efectúan transferencias de recursos del presupuesto de funcionamiento e inversión del Ministerio de Salud y Protección Social a la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), para el apoyo de sostenimiento educativo mensual al residente beneficiario del programa Sistema Nacional de Residencia sMédicas (SNRM) - 29 de Julio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 846943752

Resolución número 0001272 de 2020, por la cual se efectúan transferencias de recursos del presupuesto de funcionamiento e inversión del Ministerio de Salud y Protección Social a la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), para el apoyo de sostenimiento educativo mensual al residente beneficiario del programa Sistema Nacional de Residencia sMédicas (SNRM)

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín51390

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas por el artículo 110 del Decreto número 111 de 1996 y en desarrollo de los artículos 2 del Decreto número 1264 de 2017 y 2.6.4.6.1.2. del Decreto número 780 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley 1917 de 2018 se crea el Sistema Nacional de Residencias Médicas en Colombia la cual contempla un apoyo de sostenimiento educativo mensual al residente por un monto de tres salarios mínimos legales mensuales vigentes, mientras dure el programa de especialización médico quirúrgica.

Que, para financiar tal apoyo, el artículo 8º de la precitada ley establece cuatro fuentes de financiación, entre la que se encuentran los recursos que del Presupuesto General de la Nación se definan para dicho propósito.

Que el artículo 97 del Decreto-ley 2106 de 2019, modificatorio del artículo 6º de la Ley 1917 de 2018, señala que la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), recaudará y administrará los recursos provenientes de las fuentes de financiación y girará al residente el apoyo de sostenimiento educativo mensual en las condiciones establecidas por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Que el artículo 2º del Decreto número 1264 de 2017 dispone que "las apropiaciones incorporadas en el Presupuesto General de la Nación que por mandato de la Ley deban ser administradas por la ADRES, se programarán como transferencias en el presupuesto del Ministerio de Salud y Protección Social, identificando para tal efecto, la respectiva fuente de financiación y se ejecutarán con la asignación que el ordenador del gasto en la respectiva sección presupuestal adelante de tales recursos"".

Que el artículo 2.6.4.6.1.2. del Decreto número 780 de 2016 señala que los recursos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación, objeto de la administración de la ADRES, serán presupuestados en la sección presupuestal del Ministerio de Salud y Protección Social.

Que mediante el Decreto número 2411 de 2019, fue asignada en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social, en la...

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