Resolución número 0001324 de 2020, por la cual se modifica el artículo 14 de la Resolución número 4245 de 2015, en relación con la ampliación del plazo para el cumplimiento de los requisitos de obtención del certificado de Buenas Prácticas de Elaboración de Radiofármacos (BPER) - 6 de Agosto de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 847267282

Resolución número 0001324 de 2020, por la cual se modifica el artículo 14 de la Resolución número 4245 de 2015, en relación con la ampliación del plazo para el cumplimiento de los requisitos de obtención del certificado de Buenas Prácticas de Elaboración de Radiofármacos (BPER)

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín51398

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las conferidas en los artículos 429 de la Ley 9 de 1979, 173 numeral 2 de la Ley 100 de 1993, 2 el numeral 9 del Decreto Ley 4107 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución número 4245 de 2015, este MMinisterio definió los requisitos para obtener el certificado en Buenas Prácticas de Elaboración de Radiofármacos (BPER), que expide el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), y adoptó el instrumento para su verificación, contenido en el anexo técnico del citado acto administrativo, con el propósito de salvaguardar la salud pública, proteger la vida y la salud humana y garantizar la calidad, la seguridad y la eficacia de los medicamentos radiofármacos.

Que el artículo 14 ibídem, modificado por las Resoluciones números 2334 de 2017 y 282 de 2019, determina que el 1º de agosto de 2020 se cumple el plazo para que las radiofarmacias hospitalarias y las centralizadas cuenten con la certificación en Buenas Prácticas de Elaboración de Radiofármacos (BPER), fija las disposiciones que en todo caso deben aplicar mientras se cumple el plazo señalado y las disposiciones aplicables a las destinatarias de la norma que cuenten con certificación vigente, entre otras.

Que, el 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró que el brote de Coronavirus COVID-19 es una pandemia, esencialmente por la velocidad en su propagación e instó a los Estados a tomar acciones urgentes y decididas para la identificación, confirmación, aislamiento y monitoreo de los posibles casos, y el tratamiento de los casos confirmados, así como la divulgación de las medidas preventivas, todo lo cual debe redundar en la mitigación del contagio.

Que, con base en la declaratoria de pandemia, a través de la Resolución número 385 del 12 de marzo de 2020, modificada por la Resolución número 844 de 2020, este Ministerio declaró el estado de emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19 en todo el territorio nacional hasta el 31 de agosto de 2020 y adoptó medidas para prevenir y controlar la propagación de la enfermedad y mitigar sus efectos.

Que, en el transcurso de la pandemia por COVID-19, se han...

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