Resolución número 0001344 de 2019, por la cual se modifica el artículo 16 de la Resolución número 1441 de 2016 con relación al procedimiento transitorio para la habilitación de las Redes Integrales de Prestadores de Servicios de Salud (RIPSS) - 29 de Mayo de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 789879089

Resolución número 0001344 de 2019, por la cual se modifica el artículo 16 de la Resolución número 1441 de 2016 con relación al procedimiento transitorio para la habilitación de las Redes Integrales de Prestadores de Servicios de Salud (RIPSS)

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín50968

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de las facultades legales, en especial de las conferidas en los artículos 2º, numerales 14 y 30 del Decreto-ley 4107 de 2011, 42 numeral 42.14 de la Ley 715 de 2001 y en desarrollo del artículo 13 de la Ley 1751 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante la Resolución número 1441 de 2016, reglamentó los estándares, criterios y procedimientos para la habilitación de las Redes Integrales de Prestadores de Servicios de Salud (RIPSS);

Que la Resolución número 5401 de 2018 modificó el artículo 16 de la Resolución número 1441 de 2016, ampliando el plazo para la habilitación de las Redes Integrales de Prestadores de Servicios de Salud (RIPSS), hasta el 30 de mayo de 2019;

Que la Dirección de Prestación de Servicios de este Ministerio evaluó el estado de la implementación de las resoluciones precitadas, determinando que, con corte a 22 de mayo de 2019, se cuenta con 4 RIPSS habilitadas, 31 en proceso de solicitud, 93 están siendo verificadas por las entidades departamentales y distritales de salud, 66 se encuentran en proceso de subsanación por parte de las EPS, y 109 se encuentran en revisión por parte de la Superintendencia Nacional de Salud;

Que la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (ACEMI), mediante comunicaciones con Radicado número 201942300685232 del 7 de mayo de 2019, solicitó revisar los plazos consagrados en la Resolución número 5401 de 2018;

Que, asimismo, en el proceso de verificación del cumplimiento de los estándares y criterios de habilitación por parte de las entidades departamentales y distritales de salud, se presentaron diversos criterios en los análisis realizados por estas a los soportes presentados por las EPS para solicitar la habilitación de las RIPSS, situación que afectó en algunas entidades territoriales el proceso de habilitación;

Que, en virtud de lo anterior, se requiere modificar el artículo 16 de la Resolución número 1441 de 2016, modificado por la Resolución número 5401 de 2018, con el fin de ajustar el procedimiento de habilitación de las Redes...

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