Resolución número 0001486 de 2018, por la cual se modifican los artículos 4º y 5º y se sustituyen los anexos de la Resolución número 2064 de 2017 - 23 de Abril de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 714878425

Resolución número 0001486 de 2018, por la cual se modifican los artículos 4º y 5º y se sustituyen los anexos de la Resolución número 2064 de 2017

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín50573

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas en el numeral 23 del artículo 2º del Decreto-ley 4107 de 2011 y el artículo 114 de la Ley 1438 de 2011 y en desarrollo del Auto número 411 de 2015 de la Corte Constitucional, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 2064 de 2017 se estableció el instrumento para reportar a este Ministerio la información y detalle de los servicios y tecnologías en salud por parte de las entidades territoriales y las Entidades Promotoras de Salud (EPS) que operen el Régimen Subsidiado al Ministerio de Salud y Protección Social, a través de los Anexos Técnicos 1 y 2 que hacen parte del citado acto administrativo;

Que las entidades destinatarias de la resolución deben reportar en los anexos técnicos referenciados: i) los servicios médicos ordenados por el médico tratante a sus usuarios que sean negados por la EPS y que no sean tramitados por el Comité Técnico Científico, ii) los servicios médicos ordenados por el médico tratante a sus usuarios que sean negados por el comité técnico científico, indicando las razones de la negativa y iii) y los servicios médicos ordenados por el médico tratante a sus usuarios y aprobados por el Comité Técnico Científico (CTC);

Que los artículos 4º y 5º de la Resolución número 2064 de 2017, establecen las fechas para el reporte de la información por parte de las entidades territoriales y las Entidades Promotoras de Salud (EPS) al Ministerio de Salud y Protección Social, y de esta última a la Superintendencia Nacional de Salud y a la Defensoría del Pueblo a través del Protocolo de Transferencia de Archivos (FTP) asignado a estas entidades;

Que con ocasión de la implementación de la Resolución 2064 de 2017, las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y las entidades territoriales del orden departamental y distrital detectaron dificultades de carácter técnico para el reporte de la información, igualmente manifestaron que el plazo de ocho (8) días calendario para el reporte es insuficiente, ocasionando demoras en el flujo adecuado de la...

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