Resolución número 000183 de 2017, por la cual se fija el precio de referencia para la liquidación de la Cuota de Fomento Cauchero para el segundo semestre de 2017 - 27 de Julio de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 690828465

Resolución número 000183 de 2017, por la cual se fija el precio de referencia para la liquidación de la Cuota de Fomento Cauchero para el segundo semestre de 2017

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín50307

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en uso de sus atribuciones legales en especial las conferidas por las Leyes 686 de 2001 y 1758 de 2015, el Decreto número 1071

de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3° de la Ley 686 de 2001 estableció la Cuota de Fomento Cauchero, como contribución de carácter parafiscal, cuyo recaudo será asignado a la cuenta especial denominada Fondo de Fomento Cauchero.

Que el artículo 4° de la Ley 686 de 2001, modificado por el artículo 2° de la Ley 1758 de 2015, establece que la Cuota de Fomento Cauchero será del uno por ciento (1%) de la venta del kilogramo o litro, según corresponda a caucho natural seco o líquido.

Que el parágrafo 1° del artículo 4° de la Ley 686 de 2001, modificado por el artículo 2° de la Ley 1758 de 2015, establece que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural señalará semestralmente, antes del 31 (sic) de junio y antes del 31 de diciembre de cada año, el precio de referencia de kilogramo o litro a nivel nacional de cada una de las materias primas que se estén produciendo, con base en el cual se llevará a cabo la liquidación de las cuotas de fomento cauchero durante el semestre inmediatamente siguiente

Que en los términos del artículo 6° de la Ley 686 de 2001, modificado por el artículo 3° de la Ley 1758 de 2015, están sujetas a la Cuota de Fomento Cauchero las personas naturales o jurídicas que beneficien el látex y el coágulo de campo, provenientes de los árboles de caucho, sea para comercializarlo o para utilizarlo en procesos agroindustriales o industriales.

Que de conformidad con la Justificación Técnica de la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales, se debe tener en cuenta el precio comercial de venta por kilogramo de caucho seco y/o litro...

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