Resolución número 000183 de 2017, por la cual se determina la integración y se adopta el Reglamento del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno de la Agencia de Renovación del Territorio (ART) - 11 de Septiembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 693106053

Resolución número 000183 de 2017, por la cual se determina la integración y se adopta el Reglamento del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno de la Agencia de Renovación del Territorio (ART)

EmisorEntidades Financieras de Naturaleza Especial - Agencia de Renovación del Territorio
Número de Boletín50353

La Directora General de la Agencia de Renovación del Territorio, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 15 de la Ley 87 de 1983 y numeral 19 del artículo 11 del Decreto 2366 de 2015, adicionado por el artículo 2º del Decreto 2096 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Que de acuerdo con el mismo precepto constitucional las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado; y que la administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 269 de la Constitución Política, las autoridades de las entidades públicas están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga la ley, la cual podrá establecer excepciones y autorizar la contratación de dichos servicios con empresas privadas colombianas.

Que la Ley 87 de 1993 por la cual se establecen normas para el ejercicio del Control Interno, dispone en su artículo 6º que en las entidades y organismos del estado, la responsabilidad del establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno será del representante legal o máximo directivo correspondiente.

Que el artículo 13 de la ley citada en precedencia establece que las entidades y organismos del estado deberán establecer al más alto nivel jerárquico un Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, de acuerdo con la naturaleza de las funciones propias de la organización; así mismo, en el artículo 15 faculta a sus directivos para determinar, implantar y complementar el Sistema de Control Interno.

Que el Decreto 1537 de 2001 reglamenta parcialmente la Ley 87 de 1993 en cuanto a elementos técnicos y administrativos que fortalezcan el Sistema de Control Interno de las entidades y organismos del Estado.

Que el Presidente de la República a través del Decreto 943 de 2014 adoptó la actualización del Modelo Estándar de Control Interno (MECI) determinando las generalidades y estructura necesaria para establecer, implementar y fortalecer el Sistema de Control Interno en las entidades y organismos obligados a su...

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