Resolución número 000192 de 2020, por la cual se reglamenta el artículo 1º del Decreto Legislativo 796 de 2020 - 14 de Agosto de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 847405894

Resolución número 000192 de 2020, por la cual se reglamenta el artículo 1º del Decreto Legislativo 796 de 2020

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín51406

El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas por los artículos 208 de la Constitución Política, 1 del Decreto Legislativo 796 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 64 de la Constitución Política establece que es deber del Estado promover el acceso de los trabajadores agrarios a los servicios de, entre otros, comercialización de los productos, asistencia técnica y empresarial, con el fin de mejorar el ingreso y calidad de vida de los campesinos.

Que así mismo, el artículo 65 dispone que la producción de alimentos gozará de la especial protección del Estado. Para tal efecto, se otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales, así como también a la construcción de obras de infraestructura física y adecuación de tierras.

Que el artículo 66 Superior establece que las disposiciones que se dicten en materia crediticia podrán reglamentar las condiciones especiales del crédito agropecuario, teniendo en cuenta los ciclos de las cosechas y de los precios, como también los riesgos inherentes a la actividad y las calamidades ambientales.

Que la Organización Mundial de la Salud declaró el 11 de marzo de 2020 que el brote del nuevo coronavirus COVID-19 es una pandemia, esencialmente por la velocidad en su propagación, por lo que instó a los Estados a tomar acciones urgentes y decididas para la identificación, confirmación, aislamiento, monitoreo de los posibles casos y el tratamiento de los casos confirmados, así como la divulgación de las medidas preventivas, todo lo cual debe redundar en la mitigación del contagio.

Que el Ministerio de Salud y Protección Social mediante Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, declaró el estado de emergencia sanitaria por causa del nuevo coronavirus COVID-19 en todo el territorio nacional hasta el 30 de mayo de 2020, y en virtud de la misma, adoptó una serie de medidas con el objeto de prevenir y controlar la propagación del coronavirus COVID-19 y mitigar sus efectos.

Que tal medida fue prorrogada por esa Cartera hasta el 31 de agosto de 2020, mediante la Resolución 844 de 2020.

Que ante la grave situación de emergencia ocasionada por el COVID-19, y con el fin de adoptar medidas de cuidado para preservar la salud y la vida de los habitantes del territorio colombiano, el Gobierno nacional, a través de Decreto 457 del 22 de marzo de 2020, ordenó el aislamiento preventivo obligatorio de todos los habitantes de la República de Colombia a partir de las cero horas (00:00 a. m.) del día 25 de marzo de 2020 y hasta las cero horas (00:00 a. m.) del día 13 de abril de 2020, medida que fue prorrogada a través de Decretos 531 del 8 de abril de 2020 y 593 del 24 de abril de 2020, quedando vigente hasta las cero horas (00:00 a. m.) del 11 de mayo de 2020.

Que, de manera posterior, el Gobierno nacional expidió el Decreto 636 de 2020, mediante el cual ordenó el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a. m.) del día 11 de mayo de 2020, hasta las cero horas (00:00 a. m.) del día 25...

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