Resolución número 00020058 de 2018, por medio de la cual se modifican los artículos 2º, 10 y 23 de la Resolución número 3823 de 2013 y se deroga la Resolución número 9001 de 2016 - 2 de Febrero de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 702334209

Resolución número 00020058 de 2018, por medio de la cual se modifican los artículos 2º, 10 y 23 de la Resolución número 3823 de 2013 y se deroga la Resolución número 9001 de 2016

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano Agropecuario
Número de Boletín50495

El Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 65 de la Ley 101 de 1993, el artículo 4º del Decreto número 3761 de 2009, el artículo 2.13.1.5.1 del Decreto número

1071 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que Colombia debe cumplir y elevar su nivel de protección sanitaria y fitosanitaria en términos de oportunidad, cobertura y calidad teniendo en cuenta estándares internacionales, convenios y acuerdos, para garantizar la sanidad agropecuaria y la inocuidad de los alimentos en la producción primaria.

Que corresponde al Instituto Colombiano Agropecuario ICA establecer y adoptar las medidas sanitarias y fitosanitarias que sean necesarias para hacer efectivo el control de la sanidad animal y vegetal y la prevención de riesgos biológicos y químicos.

Que de conformidad con el Decreto número 1071 de 2015 "Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural" el diagnóstico y la vigilancia sanitaria y epidemiológica animal y vegetal, comprenderán todas las acciones encaminadas a la detección, determinación y cuantificación de problemas sanitarios de las distintas especies animales y vegetales, en todo el país o dentro de zonas o áreas específicas del mismo con el objeto de evaluar su importancia y adoptar medidas para su prevención, control, manejo y erradicación.

Que el ICA mediante la Resolución número 3823 de 2013 modificada por la Resolución 9001 de 2016, estableció los requisitos para el reconocimiento de los laboratorios del sector agropecuario y conformó la red nacional de laboratorios de ensayo/prueba y/o diagnóstico competencia del ICA, estableciendo como plazo máximo para el cumplimiento de las disposiciones allí establecidas, el día 4 de febrero de 2018.

Que en el seguimiento de los avances de cumplimiento de la citada resolución, se observó que a la fecha solamente han cumplido con los requisitos allí establecidos el 5.1% de los laboratorios registrados y el 5.5% se encuentran en trámite para la modificación de los registros como laboratorios reconocidos para la articulación con...

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