Resolución número 000201 de 2018, por la cual se da cumplimiento al parágrafo del artículo 30-A de la Ley 1908 de 2018, 'por medio de la cual se fortalecen la investigación y de organizaciones criminales, se adoptan medidas para su sujeción a la justicia y se dictan otras disposiciones' - 25 de Septiembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 740259057

Resolución número 000201 de 2018, por la cual se da cumplimiento al parágrafo del artículo 30-A de la Ley 1908 de 2018, 'por medio de la cual se fortalecen la investigación y de organizaciones criminales, se adoptan medidas para su sujeción a la justicia y se dictan otras disposiciones'

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad de Información y Análisis Financiero
Número de Boletín50727

El Director General (e) de la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos , 4º, numeral 13, 9 de la Ley 526 de 1999, 30-A de la Ley 1908 de 2018, 2.14.3 del Decreto número 1068 de 2015; y demás normas y disposiciones concordantes con la materia, y

CONSIDERANDO:

  1. Que el artículo 30-A de la Ley 1908 de 2018 dispuso una medida por medio de la cual se haría control al manejo de dinero en efectivo de los miembros de los Grupos Delictivos Organizados (GDO) y Grupos Armados Organizados (GAO) a quienes les fueren otorgadas libertad condicional o cualquier mecanismo sus-titutivo de la pena privativa de la libertad por la comisión de unos delitos especificados en la norma antes citada.

  2. Que la medida en mención consiste en la obligación de esos miembros de manejar sus recursos a través de una única cuenta bancada, la cual debe ser informada al juez de ejecución de penas y medidas de seguridad, así como el monto de sus bienes y patrimonio, previo al otorgamiento de los beneficios.

  3. Que la información debe ser actualizada por el condenado anualmente a través de medios electrónicos en una plataforma que será administrada por la UIAF, entidad que deberá informar a las autoridades investigativas y judiciales competentes el incumplimiento de las obligaciones previstas en el citado artículo 30-A.

  4. Que la Ley 526 de 1999 le confirió a la UIAF las facultades de intervenir en la economía del Estado a través de actividades de inteligencia financiera para detectar y/o prevenir conductas asociadas a los delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo.

  5. Que en virtud de esas facultades legales, la UIAF puede solicitar la información pertinente y necesaria a cualquier persona, natural o jurídica, pública o privada.

  6. Que esas facultades fueron desarrolladas y reglamentadas por la Parte 14 del Decreto número 1068 de 2015, en cuyo artículo 2.14.3 se estableció que la UIAF determina las condiciones, términos y especificaciones en que la información debe ser reportada.

  7. Que el parágrafo del artículo 30-A de la Ley 1908 de 2018 estableció que dentro de los tres meses siguientes a su...

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