Resolución número 000202 de 2019, por la cual se identifica el proyecto Subestación Guatapurí 110 kV y líneas de transmisión asociadas como proyecto Urgente, en los términos de las Resoluciones MME 90604 de 2014 y CREG 093 de 2014 - 24 de Mayo de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 787323521

Resolución número 000202 de 2019, por la cual se identifica el proyecto Subestación Guatapurí 110 kV y líneas de transmisión asociadas como proyecto Urgente, en los términos de las Resoluciones MME 90604 de 2014 y CREG 093 de 2014

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad de Planeación Minero Energética
Número de Boletín50963

Radicado ORFEO: 20191140002025

El Director General de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), en ejercicio de sus facultades legales, y especialmente las conferidas por el artículo 9º del Decreto número 1258 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 143 de 1994, artículo 4º, establece que el Estado, en relación con el servicio de electricidad, tendrá como objetivos en el cumplimiento de sus funciones, los de abastecer la demanda de electricidad de la comunidad bajo criterios económicos y de viabilidad financiera, asegurando su cubrimiento en un marco de uso racional y eficiente de los diferentes recursos energéticos del país; y mantener una operación eficiente, segura y confiable en las actividades del sector cumpliendo con los niveles establecidos;

Que para el cumplimiento del objetivo señalado, la Ley 143 de 1994, artículo 16, atribuye a la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), entre otras, la función de elaborar y actualizar el Plan de Expansión del sector eléctrico en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo;

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) expidió la Resolución CREG 024 de 2013, "por la cual se establecen los procedimientos que se deben seguir para la expansión de los Sistemas de Transmisión Regional mediante Procesos de Selección":

Que la Resolución número 90604 de 5 de junio de 2014 expedida por el Ministerio de Minas y Energía, "por la cual se adoptan medidas excepcionales para el STN y STR tendientes a garantizar la continuidad del servicio en situaciones especiales", define como Situación Especial, "Aquella circunstancia en la que se presenta una alta probabilidad de desatención de la demanda por atraso o falta de infraestructura de redes en el Sistema de Trasmisión Nacional (STN), o en los Sistemas de Transmisión Regional (STR), o por limitación en las redes existentes, las cuales pueden ser mitigadas con la instalación de redes en dichos sistemas". Igualmente define como Proyectos urgentes, "Obras a realizar en el STN y STR tendientes a subsanar una Situación Especial definidas por la UPME, oficiosamente o a petición del Ministerio de Minas y Energía";

Que la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), expidió la...

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