Resolución número 000228 de 2019, por la cual se establece un apoyo al transporte de animales en pie (bovino, porcino y pollo) y de carne refrigerada (bovina, porcina, pollo y pescado) que los productores de los departamentos de Meta, Guaviare y Vichada comercialicen o lleven a sus propios puntos de distribución en la ciudad de Bogotá D. C - 17 de Julio de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 800014265

Resolución número 000228 de 2019, por la cual se establece un apoyo al transporte de animales en pie (bovino, porcino y pollo) y de carne refrigerada (bovina, porcina, pollo y pescado) que los productores de los departamentos de Meta, Guaviare y Vichada comercialicen o lleven a sus propios puntos de distribución en la ciudad de Bogotá D. C

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín51017

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el artículo 7º de la Ley 101 de 1993, y los numerales 12 y 15 del artículo 3º del Decreto 1985 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que los artículos 64 y 65 de la Constitución Política de Colombia establecen como deber del Estado promover la comercialización de productos que mejoren el ingreso y calidad de vida de los campesinos, así como el de proteger de manera especial la producción de alimentos, para lo cual otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales.

Que el artículo 7º de la Ley 101 de 1993 señala que cuando circunstancias ligadas a la protección de los recursos naturales orientados a la producción agropecuaria, a la protección del ingreso rural y al mantenimiento de la paz social en el agro así lo ameriten, el Gobierno podrá otorgar en forma selectiva y temporal incentivos y apoyos a los productores agropecuarios, en relación directa con área productiva o a sus volúmenes de producción.

Que los numerales 12 y 15 del artículo 3º del Decreto 1985 de 2013 establecen entre las funciones del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural las de velar por la efectividad y cumplimiento de los fines que para el Sector consagran los artículos 64 a 66 de la Constitución Política, con sujeción a las normas contenidas en las leyes que los desarrollan y, además, diseñar, implementar y promocionar instrumentos, incentivos y estímulos para la producción y comercialización agropecuaria, a través del fomento a la producción, entre otros mecanismos, respectivamente.

Que durante los primeros días del mes de junio de 2019, debido a las constantes lluvias en la vía Bogotá-Villavicencio, se registraron múltiples derrumbes en la vía que afectaron la circulación de vehículos y personas por este importante corredor vial, y que específicamente el día jueves 13 de junio del corriente las fuertes lluvias provocaron nuevos deslizamientos y afectaron los dos carriles con tierra, piedra y lodo, que ocasionaron el cierre indefinido de la vía.

Que, por lo anterior, el Ministerio de Transporte mediante la Resolución 2312 del 14 de junio de 2019 estableció medidas de restricción del tránsito con el cierre temporal de la vía Bogotá-Villavicencio en ambos sentidos, entre los PR 57+000 al PR 58+500, ruta nacional Bogotá-Villavicencio, tendientes a garantizar la seguridad, integridad personal y la vida de los usuarios.

Que la Gobernación del Meta mediante el Decreto 298 de 17 de junio de 2019 declaró la situación de Calamidad Pública por un término de seis (6) meses, prorrogables por las afectaciones de la temporada de lluvias que han ocasionado inundaciones, deslizamientos, afectaciones en infraestructura vial, áreas agrícolas y ganaderas, viviendas, establecimientos educativos, vías terciarias y por los efectos adversos causados por el cierre del corredor vial Villavicencio-Bogotá.

Que en Consejo de Ministros encabezado por el Presidente de la República, realizado el 25 de junio de 2019 en la ciudad de Villavicencio, capital del departamento del Meta, se definió un paquete de 67 acciones para afrontar las afectaciones ocasionadas por el cierre de la vía al llano.

Que entre las acciones definidas, se incluyen, entre otras, una línea especial de crédito con tasa subsidiada para los productores agropecuarios afectados por el cierre de la vía, la ampliación por parte del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) a cinco (5) días la validez de la guía de movilización de ganado e incentivos para compensar el incremento de los fletes que se han presentado por la utilización de las vías alternas, que representan mayores distancias y tiempo de tránsito y consecuentemente un aumento de los costos de transporte para productores.

Que la Dirección de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acuícolas remitió mediante Memorando número 20195400041223 del 15 de julio de 2019, Justificación Técnica, en la cual señala, entre otros aspectos, lo siguiente:

- Los departamentos del Meta, Guaviare y Vichada juegan un papel importante como despensa de productos agropecuarios para la ciudad de Bogotá, que es el mayor centro de consumo del país y dado que los productos son transportados por vía terrestre, al tener restricciones de movilización debidas al cierre de la vía principal entre los Llanos Orientales y el interior del país, se afecta económicamente a los productores de bovinos, porcinos, pollos y peces, y se generan dificultades de comercialización, por incremento en los precios del transporte, debido al uso de vías alternas diferentes a la principal, con un incremento del

tiempo de transporte, de los costos de combustibles y peajes, que además disminuye la calidad de los animales y de los productos a comercializar.

- El censo bovino efectuado por el ICA en 2018, el departamento del Meta cuenta con 1.948.553 animales, siendo el tercer productor del país con el 7.4% del hato ganadero nacional, mientras que Guaviare y Vichada reportan 406.242 y 254.820 bovinos, respectivamente, y suman el 3,5% del censo nacional.

- El sector pecuario (ganadería, porcicultura, avicultura, pesca y acuicultura) representa el segundo renglón del PIB departamental del Meta, lo que demuestra la importancia que tiene para este sector, para la región y para el país, según el Plan de Desarrollo del departamento del Meta (2016-2019).

- Respecto al transporte de animales en pie y toneladas de carne refrigerada movilizadas desde el departamento del Meta hacia la ciudad de Bogotá, se estima que en el año 2018 el sector pecuario transportó 260.000 cerdos en pie y 25.000 toneladas de carne de cerdo en canal; 332.988 bovinos en pie y 22.523 toneladas aprox. de carne bovina en canal; 24.445 toneladas de pollo en pie y 64.122 toneladas de pollo en canal; y 11.196 toneladas de carne de pescado. Igualmente, se estima que en 2018 del departamento de Guaviare salieron hacia Bogotá $36.000 bovinos en pie y del departamento de Vichada 10.944 bovinos en pie.

- Por la coyuntura del cierre de la vía, se ha presentado disminución en la oferta de ganado bovino, porcino y pollos en pie en las plantas de beneficio en la ciudad de Bogotá, que puede generar un alza en el precio por la...

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