Resolución número 0002410 de 2015, por la cual se modifica la Resolución 917 del 22 de mayo de 2015 - 15 de Octubre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 585138922

Resolución número 0002410 de 2015, por la cual se modifica la Resolución 917 del 22 de mayo de 2015

EmisorMinisterio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
Número de Boletín49666

El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren las Leyes 1341 de 2009 y 1369 de 2009 y las Resoluciones 415 de 2010 y 917 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política, en su artículo 209, consagra que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros, en los principios de igualdad y eficacia

Que las Leyes 1341 y 1369 de 2009, mediante las cuales se determina el marco jurídico general de los sectores de tecnologías de la información y las comunicaciones y de servicios postales, en su orden, atribuyen al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones la potestad de fijar la política general para cada uno de tales sectores, y lo dotan de funciones que le permiten establecer condiciones de operación y explotación de dichos servicios.

Que en desarrollo de dichos objetivos y funciones, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones debe controlar y realizar todas las actuaciones necesarias para lograr que las contraprestaciones que le corresponden por ley sean efectivamente pagadas por los obligados.

Que con fundamento en lo anterior, el Ministerio expidió la Resolución 917 del 22 de mayo de 2015 "por la cual se determinan las garantías para cubrir riesgos en materia de Telecomunicaciones y de servicios postales".

Que de conformidad con el parágrafo del artículo 8º de la Resolución 917 de 2015 los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones habilitados de manera general, que a la fecha de expedición de la misma Resolución ya se encontraban incorporados en el Registro TIC, así como los titulares de autorizaciones, licencias, o permisos en cuyos actos administrativos habilitantes no se encuentre disposición relacionada con las garantías a que se refiere la Resolución, deberán constituirlas y presentarlas al Ministerio de Tecnologías de la Información y la Información y las Comunicaciones dentro de los sesenta (60) días calendario siguientes a la publicación del mismo acto administrativo en referencia.

Que la Resolución 917 de 2015 fue publicada en el Diario Oficial el 27 de mayo de...

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