Resolución número 000250 de 2017, por la cual se autoriza el uso de MaízMON87427xMON89034 xMIR162 x NK603 (MON-87427-7xMON-89034-3 x SYN-IR162-4 xMON-00603-6) como alimento o materia prima para la elaboración de alimentos de consumo humano - 18 de Febrero de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 666706449

Resolución número 000250 de 2017, por la cual se autoriza el uso de MaízMON87427xMON89034 xMIR162 x NK603 (MON-87427-7xMON-89034-3 x SYN-IR162-4 xMON-00603-6) como alimento o materia prima para la elaboración de alimentos de consumo humano

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín50151

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades reglamentarias, en especial, las conferidas por el artículo 2.13.7.3.5 del Decreto número 1071 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Convenio de las Naciones Unidas sobre la Diversidad Biológica, se adoptó el 5 de junio de 1992 y fue aprobado por Colombia mediante la Ley 165 de 1994, la cual fue declarada exequible por la Honorable Corte Constitucional mediante Sentencia C-519 de 1994.

Que el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica, fue adoptado el 29 de enero de 2000 y aprobado en Colombia mediante la Ley 740 de 2002, la cual fue declarada exequible por la Honorable Corte Constitucional en Sentencia C-071 de 2003.

Que el Decreto número 4525 de 2005, mediante el que se estableció el marco regula-torio de los Organismos Vivos Modificados (OVM), fue recogido en el Decreto número 1071 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, este último, modificado entre otros, por los Decretos números 1298, 1449, 1565, 1648, 1780, 1934, 2020, 2179, 2537 de 2015; 13, 440, 947, 1273, 1524 y 1766 de 2016 y en cuyo Capítulo 3, del Título 7 de la Parte 13 del Libro 2, se compiló el citado marco regulatorio.

Que mediante Resolución número 227 de 2007, expedida por el entonces Ministerio de la Protección Social, se conformó el Comité Técnico Nacional de Bioseguridad para Organismos Vivos Modificados (OVM), con uso en salud o alimentación humana exclusivamente, en adelante CTNSalud, integrado por el Ministro de la Protección Social, hoy Ministro de Salud y Protección Social o su delegado, el Director del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), o su delegado y el Director de Colciencias o su delegado.

Que una de las funciones del CTNSalud, es recomendar a este Despacho, la expedición del acto administrativo de autorización para el desarrollo de actividades con Organismos Vivos Modificados (OVM).

Que el doctor Andrés Guillen Gómez, identificado con cédula de ciudadanía número 79159290, actuando en calidad de representante legal para asuntos judiciales y administrativos de la sociedad Compañía Agrícola Colombiana Ltda., domiciliada en la ciudad de Bogotá D. C., e identificada con NIT 830.080.435-3, persona jurídica que representa legalmente a la sociedad Compañía Agrícola S. A. S. (Coacol), domiciliada en la ciudad de Bogotá, D. C., e identificada con NIT 830.080.640-7, en comunicación dirigida al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), bajo radicado número 15118877 del 9 de noviembre de 2015, solicitó autorización de uso del Maíz MON87427 x MON89034 x MIR162 x NK603 (MON-87427-7 x MON-89034-3 x...

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