Resolución número 0002653 de 2016, por la cual se adopta el Código de Ética del Ministerio/Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
Emisor | Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones |
Número de Boletín | 50388 |
El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial de las que le confieren la Ley 1341 de 2009, y demás normas complementarias y concordantes, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política en su artículo 209 dispone que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones; que las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los
fines del Estado; y que la administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley;
Que el artículo primero de la Ley 87 de 1993 "por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones", establece que dentro del sistema de control interno se encuentran el conjunto de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por la entidad con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la Dirección y en atención a las metas u objetivos previstos;
Que el artículo 3º del Decreto número 2482 de 2012 "Por el cual se establecen los lineamientos generales para la integración de la planeación y la gestión", adopta las políticas de desarrollo administrativo, las cuales sirven de orientación a las entidades hacia la formación de valores de responsabilidad y vocación de servicio, así mismo, orienta hacia la identificación y prevención de conductas corruptas y/o susceptibles de corrupción;
Que en concordancia con lo dispuesto en el Decreto número 943 de 2014 "Por el cual se actualiza el Modelo Estándar de Control Interno (MECI)" y el Manual Técnico del Modelo Estándar de Control Interno, la estructura del MECI contempla tres módulos, entre ellos el Módulo de Control, Planeación y Gestión;
Que dentro el Módulo de Control de Planeación y Gestión se encuentra el componente de Talento Humano que...
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