Resolución número 0003-2016 de 2016, por medio de la cual se establecen las tarifas por algunos servicios que presta la Dirección General Marítima del Ministerio de Defensa Nacional - 11 de Julio de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 645146301

Resolución número 0003-2016 de 2016, por medio de la cual se establecen las tarifas por algunos servicios que presta la Dirección General Marítima del Ministerio de Defensa Nacional

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín49931

El Director General Marítimo, en ejercicio de las funciones legales otorgadas en la Ley 1115 de 2006 y los numerales 2 y 4 del artículo 5º del Decreto-ley 2324 de 1984 y en los numerales 1, 3 y 7 del artículo 2º del Decreto número 1561 de 2002,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1 º de la Ley 1115 de 2006 faculta a la Dirección General Marítima (Di-mar), del Ministerio de Defensa Nacional para definir y recaudar las tarifas correspondientes a los costos de los servicios prestados por ella.

Que el artículo 2º de la norma ibídem, describe los servicios que son prestados por la Dirección General Marítima, sin que se limite a ellos. De igual forma, los artículos 4º y 5º de la mencionada ley establecieron el método y sistema para fijación de las tarifas correspondientes por los servicios que preste la Autoridad Marítima Nacional.

Que el artículo 7º de la normatividad enunciada establece que el recaudo correspondiente a las tarifas autorizadas, estará a cargo de la Dirección General Marítima, Dimar, del Ministerio de Defensa Nacional. Su monto global será destinado a cubrir los gastos en que incurra la entidad para el cumplimiento de las funciones asignadas por la ley, sin perjuicio de los demás recursos que le hayan sido asignados.

Que con fundamento en los principios de igualdad, eficacia, economía y celeridad que rigen la función administrativa establecidos en el artículo 209 de la Constitución Política, es pertinente reglamentar el cobro y establecer las tarifas por la prestación de servicios de alquiler de correntómetro ADCP de aguas profundas y alquiler de roseta muestreadora.

Que el artículo 3º de la Ley 1115 de 2006 expone que la base para la liquidación de las tarifas será el costo en que incurra la Dirección General Marítima para la prestación de los servicios.

Que el artículo 4º de la Ley 1115 de 2006 dispone que las tarifas se fijarán en salarios mínimos legales diarios o mensuales vigentes.

En mérito de lo anterior, el Director General Marítimo,

RESUELVE: CAPÍTULO I

Principios generales

Artículo 1

º. Objeto. Establecer las siguientes tarifas para los servicios que presta la Dirección General Marítima del Ministerio de Defensa Nacional, así:

TARIFAS ALQUILER DE EQUIPOS OCEANOGRÁFICOS POR DÍA
COD EQUIPOS TARIFA EN SMMLV $
168 Roseta muestreadora (El servicio se presta en el buque ARC
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR