Resolución número 000317 de 2016, por la cual se establecen las cuotas globales de pesca para los recursos pesqueros del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y para el recurso jaiba de la Ciénaga Grande de Santa Marta, para el año 2017 - 22 de Diciembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 656245933

Resolución número 000317 de 2016, por la cual se establecen las cuotas globales de pesca para los recursos pesqueros del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y para el recurso jaiba de la Ciénaga Grande de Santa Marta, para el año 2017

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín50095

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 2.16.1.2.5 del Decreto número 1071 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2.16.1.2.5. del Decreto número 1071 de 2015 establece que con base en las propuestas del Comité Ejecutivo para la Pesca, que constarán en las actas correspondientes, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural expedirá la resolución donde se establezcan las cuotas globales de pesca de las diferentes especies, que regirán durante el año siguiente.

Que de conformidad con el artículo 2.16.1.2.3., del Decreto número 1071 de 2015, el Comité Ejecutivo para la Pesca deberá proceder con base en la mejor evidencia científica y teniendo en cuenta la información y datos estadísticos confiables que posean las entidades públicas y privadas vinculadas a la actividad pesquera.

Que el artículo 2.16.1.2.1. del Decreto número 1071 de 2015 regula el Comité Ejecutivo para la Pesca (CEP), integrado por el Director de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acuícolas del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado, quien lo preside, el Director de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible o su delegado, y el Director de la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca (Aunap) o su delegado, con el fin de definir las especies y los volúmenes susceptibles de ser aprovechados.

Que el Decreto número 3570 de 2011, por el cual se modifican los objetivos y la estructura del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y se integra el Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible, dispuso en el numeral 14 del artículo 17 como función de la Dirección de Asuntos Marinos, Costeros y Recursos Acuáticos, entre otras, "Fijar de común acuerdo con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y con base en la mejor evidencia científica e información estadística disponibles las especies y los...

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