Resolución número 000325 de 2019, por la cual se crea, integra y se reglamenta el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural - 1 de Octubre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 816545485

Resolución número 000325 de 2019, por la cual se crea, integra y se reglamenta el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín51093

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural (MADR), en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 13 de la Ley 87 de 1993, los artículos 59 y 61 de la Ley 489 de 1998, el Título 21 del Decreto 1083 de 2015 modificado y adicionado por artículo 4º del Decreto 648 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 13 de la Ley 87 de 1993 establece que los organismos y entidades del Estado, en sus diferentes órdenes y niveles, deben establecer un Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, de acuerdo con la naturaleza de las funciones propias de la organización. Que, en concordancia con lo anterior, el artículo 2.2.21.1.5 del Decreto 1083 de 2015, Reglamentario Único del Sector de la Función Pública, modificado y adicionado por el Decreto 648 de 2017, dispone que las entidades y organismos del Estado están obligadas a establecer un Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del más alto nivel jerárquico como órgano asesor e instancia decisoria en los asuntos de Control Interno.

Que, el artículo 2.2.23.1 de la misma norma señala que el Sistema de Control Interno se articulará al Sistema de Gestión en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), a través de los mecanismos de control y verificación que permiten el cumplimiento de los objetivos y el logro de resultados de las entidades, el cual fue adoptado en el Ministerio mediante la Resolución 198 de 2018.

Que el Control Interno es transversal a la gestión y desempeño de las entidades y se implementa a través del Modelo Estándar de Control Interno (MECI), adoptado por el

MADR mediante Resolución 297 de 2017.

Que mediante memorando 20191800049493 de agosto 27 de 2019 suscrito por la Jefe de Oficina de Control, Interno justifica el trámite del presente documento y la derogatoria de la Resolución 322 de 2017 entre otras, por las siguientes razones:

· "Se debe incrementar el número de integrantes en la conformación del Comité, toda vez que este es responsable del diseño de estrategias y políticas orientadas al fortalecimiento del Sistema de Control Interno, entendiéndose como el conjunto de acciones, actividades, políticas, normas, planes y procedimientos, así como el prevenir, administrar y monitorear los riesgos que las afecten, en cumplimiento de la normatividad vigente. Aunado a lo anterior, los funcionarios que lo conformarán están involucrados con actividades propias del Sistema de Control Interno del Ministerio, por lo tanto, es importante que dicho Comité esté integrado por los Viceministerios y dos (2) Direcciones de los Procesos Misionales, uno por cada Viceministerio, tal es el caso de la Dirección de Cadenas Pecuarias, Pesqueras y Acuícolas del Viceministerio de Asuntos Agrícolas y la Dirección de Capacidades Productivas y Generación de Ingresos del Viceministerio de Desarrollo Rural, quienes además transmitirán las decisiones adoptadas por el Comité a las demás Direcciones del Ministerio; así como la Subdirección Administrativa toda vez que en su rol se encuentra las actividades de talento humano, la adopción de métodos, sistemas y procedimientos para el manejo de los inventarios y sistema de gestión documental del Ministerio".

· "El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011, en su artículo 63 faculta a los comités deliberar, votar y decidir en conferencia virtual, utilizando los medios electrónicos idóneos y dejando constancia de lo actuado por ese mismo medio con los atributos de seguridad necesarios y con el propósito de facilitar las reuniones, por lo cual se hace indispensable incluir el desarrollo de sesiones a través de reuniones virtuales".

· "La misma Ley 1437 de 2011, establece en su artículo 11, las causales de impedimento y recusación, los cuales deben ser tenidos en cuenta para los miembros que conforman este Comité, toda vez, que son quienes deben tomar decisiones definitivas en los diversos temas a tratar en las reuniones, y que no fueron incluidas en la Resolución 322 de 2017".

Por lo expuesto anteriormente,

RESUELVE:

CAPÍTULO 1 Artículos 1 y 2

Disposiciones generales

Artículo 1º Creación y conformación del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno.

Crease el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Artículo 2º Definición.

El Comité Institucional de Coordinación de Control Interno es un órgano de asesoría y decisión en los asuntos de control interno del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. En su rol de responsable y facilitador, hace parte de las instancias de articulación para el funcionamiento armónico del Sistema de Control Interno.

CAPÍTULO 2 Artículos 3 a 7

Integración y funciones del Comité

Artículo 3º Integración del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno.

El Comité Institucional de...

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