Resolución número 000331 de 2017, por la cual se realiza la distribución departamental y la distribución y priorización municipal de los recursos del Programa de Vivienda de Interés Social Rural para la Vigencia 2017, y se establece el cronograma del proceso de adjudicación del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural - 20 de Octubre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 695499765

Resolución número 000331 de 2017, por la cual se realiza la distribución departamental y la distribución y priorización municipal de los recursos del Programa de Vivienda de Interés Social Rural para la Vigencia 2017, y se establece el cronograma del proceso de adjudicación del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín50392

El Viceministro de Desarrollo Rural encargado de las funciones del despacho del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el artículo 208 de la Constitución Política, el Decreto-ley 890 de 2017, el Decreto número 1071 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2º del Decreto-ley 890 de 2017, por el cual se dictan disposiciones para la formulación del Plan Nacional de Construcción y Mejoramiento de Vivienda Social Rural, establece que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural formulará la política de vivienda de interés social y prioritario rural, y definirá, de acuerdo con las recomendaciones de la Comisión Intersectorial de Vivienda de Interés Social Rural, las condiciones para el otorgamiento y ejecución del subsidio.

Que el artículo 13 del mencionado decreto dispuso como régimen de transición que "los recursos del subsidio familiar de vivienda de interés social rural transferidos por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural a la entidad otorgante antes de entrar en vigencia el presente decreto, se ejecutarán de conformidad con la normativa vigente al momento de su transferencia".

Que los artículos 2.2.1.3.5 y 2.2.1.3.6 del Decreto número 1071 de 2015,por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, establecen que la distribución de los recursos de la Bolsa Nacional y Bolsa para la atención a población víctima, respectivamente, la realizará el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, previa recomendación de la Comisión

Intersectorial de Vivienda de Interés Social Rural, de acuerdo a los criterios allí establecidos y que, efectuada la distribución departamental, la Comisión recomendará una distribución y priorización municipal de acuerdo con criterios de pobreza rural, déficit de vivienda rural y/o población rural.

Que la Comisión Intersectorial de Vivienda de Interés Social Rural, de conformidad con lo establecido en el Decreto número 2243 de 2005, tiene dentro de sus funciones, entre otras, la de "Recomendar al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, como entidad responsable de dirigir la ejecución de la política de vivienda de interés social rural, la priorización y distribución de los...

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