Resolución número 000332 de 2016, por la cual se fijan los precios de referencia para la liquidación de la Cuota de Fomento Panelero para el primer semestre de 2017 - 30 de Diciembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 656605189

Resolución número 000332 de 2016, por la cual se fijan los precios de referencia para la liquidación de la Cuota de Fomento Panelero para el primer semestre de 2017

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín50102

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en uso de sus atribuciones legales en especial las conferidas por la Ley 40 de 1990, el Decreto número 1071 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 7º de la Ley 40 de 1990 se creó la Cuota para el Fomento Panelero cuyo producto se llevará a una cuenta especial, bajo el nombre de Fondo de Fomento Panelero.

Que el parágrafo 3º del artículo 7º de la Ley 40 de 1990 establece que "el Ministerio de Agricultura señalará semestralmente, antes del 30 de julio y 31 de diciembre de cada año, el precio del kilogramo de panela o miel, a nivel nacional o regional, con base en el cual se llevará a cabo la liquidación de las Cuotas de Fomento Panelero durante el semestre inmediatamente siguiente".

Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 2.10.3.5.4 del Decreto número 1071 de 2015, están obligadas al recaudo de la Cuota de Fomento Panelero de que trata la Ley 40 de 1990, todas las personas naturales o jurídicas que adquieran, transformen o comercialicen panela o miel de producción nacional, bien sea que se destine al mercado interno o al de exportación, o se utilice como materia prima o componente de productos industriales para el consumo humano o animal.

Que el artículo 2.10.3.5.5 del Decreto número 1071 de 2015 establece que la mencionada cuota de fomento se liquidará sobre el precio del producto que figure en la correspondiente factura de venta, precio que en ningún caso será inferior al señalado semestralmente por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Que de acuerdo con la Justificación Técnica de la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales y en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Para efectos de la liquidación de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR