Resolución número 000332 de 2019, por la cual se incorporan los recursos destinados al funcionamiento del Sistema General de Regalías asignados al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de la Vigencia fiscal 2019-2020 se realiza un ajuste a los saldos de los recursos no ejecutados de funcionamiento en la vigencia 2017-2018 que corresponderán a la disponibilidad inicial para el bienio 2019-2020 - 8 de Octubre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 818579365

Resolución número 000332 de 2019, por la cual se incorporan los recursos destinados al funcionamiento del Sistema General de Regalías asignados al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural de la Vigencia fiscal 2019-2020 se realiza un ajuste a los saldos de los recursos no ejecutados de funcionamiento en la vigencia 2017-2018 que corresponderán a la disponibilidad inicial para el bienio 2019-2020

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín51100

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por los artículos 2.2.4.1.2.2.13 y 2.2.4.1.2.6.3 del Decreto 1082 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1530 del 2012, por la cual se regula la organización y el funcionamiento del Sistema General de Regalías (SGR) estableció en el inciso segundo del artículo 78 que cada uno de los órganos que integran el Sistema General de Regalías dispondrá de una sección presupuestal a través de la cual se incorporarán las apropiaciones para el ejercicio de las funciones que se ejerzan en el marco del Sistema, acorde con la asignación adelantada por la Constitución y la citada ley.

Que el artículo 11 de la ley antes mencionada asignó hasta el 2% anual de los recursos del Sistema General de Regalías para su funcionamiento, y faculta la administración de este porcentaje a la Comisión Rectora.

Que el artículo 2.2.4.1.2.2.13 del Decreto 1082 de 2015 dispuso que mediante acto administrativo del jefe del órgano del sistema o entidad pública designada como ejecutora de proyecto por los órganos colegiados de administración y decisión, se incorporará el respectivo presupuesto con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías. Dicha incorporación se adelantará en un capítulo independiente del presupuesto de la respectiva entidad.

Que el artículo 2.2.4.1.2.6.3. del mencionado decreto establece que al cierre de cada presupuesto bienal, cada órgano o entidad ejecutora diferente a las entidades territoriales adelantará el cierre de su capítulo presupuestal del Sistema General de Regalías y mediante acto administrativo del jefe de la entidad, incorporará, dentro de los diez (10) primeros días de la vigencia inmediatamente siguiente, los saldos no ejecutados que corresponderán a la disponibilidad inicial de dicho presupuesto, así como los compromisos pendientes de pago.

Que la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías, mediante Resolución número 0443 del 20 de febrero de 2019, distribuyó y asignó parcialmente la apropiación destinada al funcionamiento del Sistema General de Regalías para el bienio 2019-2020 señalando en su artículo 5º que al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural se le asignó para el cumplimiento de las funciones relacionadas con dicho sistema un valor mil cien millones setecientos siete mil setecientos setenta y ocho pesos...

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