Resolucion número 000344 de 2017, por la cual se decide una actuación administrativa para losfolios de matrícula inmobiliaria 50N-698096y 50N-265788. Expediente 256 de 2015 - 23 de Octubre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 743672853

Resolucion número 000344 de 2017, por la cual se decide una actuación administrativa para losfolios de matrícula inmobiliaria 50N-698096y 50N-265788. Expediente 256 de 2015

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín50755

La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Norte, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los artículos 59 de la Ley 1579 de 2012, 42, 43 de la Ley 1437 de 2011 y artículo 22 del Decreto 2723 de 2014,

CONSIDERANDO:

Bajo turno de corrección C2015-5336 del 22 de junio de 2015, el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) solicita la corrección de la anotación 19 del inmueble identificado con folio 50N-698096, por cuanto aparece inscrita la oferta de compra por parte de dicha entidad, pero no aparece inscrito el titular de derecho de dominio. Dicha documentación es remitida al funcionario asignado a la sección de antiguo sistema, quien mediante oficio 50N2015AS-227 del 24 de agosto de 2015 informa que del folio 50N-698096 y del segregado 50N-265788, se deben realizar algunas correcciones, entre ellas lo concerniente a la titularidad de los mismos, por cuanto realizado el estudio se determina que no hay plena propiedad y remite formato de correcciones para que se proceda según lo descrito.

Con fundamento en lo anterior y mediante Auto 000070 del 21 de octubre de 2015, se inició actuación administrativa tendiente a establecer la real situación jurídica de los folios de matrícula inmobiliaria 50N-698096 y 50N-265788, comunicándose dicha decisión a los siguientes terceros determinados Herederos de Amalia Suárez de Sánchez y Lino Sánchez, A. Pastora Suárez de Rodríguez, José del Carmen Cañón, María Soledad Rodríguez de Rodríguez, Dioselina Góngora, herederos de Francisco Antonio Rodríguez Suárez, Gustavo Eduardo Rodríguez, María del Carmen Espinosa, Ananías Camargo Reyes y a la Dirección Técnica de Predios del IDU, a los indeterminados y a quienes no fue posible darla a conocer se les comunicó con la publicación en Diario Oficial en su edición 49.702 del 20 de noviembre de 2015 y en la página web de la Superintendencia de Notariado y Registro, según constancia del Grupo de Divulgación, de fecha 10 de noviembre de 2015, de conformidad con el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011.

INTERVENCIÓN DE TERCEROS

En curso la actuación administrativa no hubo intervención de las partes ni de terceros.

PRUEBAS

Conforman el acervo probatorio los siguientes documentos:

1. Impresión simple de los folios 50N-698096 y 50N-265788.

2. Turno de corrección C2015-5336 de fecha 22 de junio de 2015, en el que el usuario aporta copia de la resolución de expropiación sobre el folio 50N-698096, la remisión al grupo de abogados especializados por parte del área de correcciones, que incluye como anexo los formatos de corrección por parte de la sección de antiguo sistema y copias de los libros que sustentan el estudio realizado por dicha área, con sus respectivas remisiones.

3. Comunicaciones realizadas a las partes del Auto 000070 del 21 de octubre de

2015.

CONSIDERACIONES:

Una vez recibida la solicitud del peticionario por parte de la sección de abogados especializados, se procede a realizar el estudio con base en el formato de correcciones enviado por la sección de antiguo sistema (RIP2) para el folio 50N-698096 y (RIP20) para el folio 50N-265788, evidenciándose que la titularidad del derecho de dominio del folio 50N-698096 la ostentan Amalia Suárez de Sánchez y Lino Sánchez, sin que a la fecha se haya registrado su sucesión, por ende los actos jurídicos inscritos de la anotación 01 en adelante, corresponden a la transferencia de derechos herenciales...

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