Resolución número 000409 de 2021, por medio de la cual se revoca la Resolución número 125 del 19 de enero de 2021, por la cual se determina por sectorización las alturas máximas permitidas en superficies limitadoras de obstáculos de la ciudad de Ibagué - 11 de Marzo de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 862715752

Resolución número 000409 de 2021, por medio de la cual se revoca la Resolución número 125 del 19 de enero de 2021, por la cual se determina por sectorización las alturas máximas permitidas en superficies limitadoras de obstáculos de la ciudad de Ibagué

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín51613

El Director de Servicios a la Navegación Aérea de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 24 del Decreto número 260 de 2004, modificado por el artículo 12 del Decreto número 823 de 2017; y el artículo 93 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo,

CONSIDERANDO:

Que el 19 de enero de 2021 el Director de Servicios a la Navegación Aérea de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil expidió la Resolución número 125 de 2021, por la cual se determina por sectorización las alturas máximas permitidas en superficies limitadoras de obstáculos de la ciudad de Ibagué, y producto de su expedición derogó la Resolución número 02189 de 2017, que reglamentaba por sectorización las alturas máximas permitidas en superficies limitadoras para dicho municipio.

Que en vigencia de la Resolución número 2189 de 2017, la Alcaldía Municipal de Ibagué expidió los Decretos municipales número 1000-0224 y 1000-0834 de 2018, mediante los cuales se adoptaron los planes parciales Santa Cruz 1 y 2.

Que en desarrollo de los planes parciales citados, se expidieron licencias las urbanísticas de urbanismo y construcción, mediante las cuales se implementó lo establecido en los mencionados decretos municipales.

Que la nueva reglamentación contenida en la Resolución número 125 de 2021 no planteó ningún régimen de transición frente a las situaciones urbanísticas en ejecución y por ello tiene la virtualidad de implicar una variación abrupta en la normativa urbanística aplicable y la consecuente afectación de las condiciones financieras y técnicas de lo s proyectos en curso, así como la seguridad jurídica de estos y del municipio.

Que dentro...

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