Resolución número 000436 de 2019, por la cual se redistribuyen los recursos residuales de la Bolsa Nacional y la Bolsa para la atención a población víctima, correspondientes al Programa de Vivienda de Interés Social y Prioritario Rural para la vigencia 2019
Emisor | Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural |
Número de Boletín | 51178 |
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el Decreto 1071 de 2015, el Decreto Ley 890 de 2017, la Ley 1940 de 2018, el Decreto 2467 de 2018, el Decreto 2257 de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Ley 890 de 2017 "por el cual se dictan disposiciones para la formulación del Plan Nacional de Construcción y Mejoramiento de Vivienda Social Rural" , establece entre otras disposiciones, que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural formulará la política de vivienda de interés social y prioritario rural, y definirá, de acuerdo con las recomendaciones de la Comisión Intersectorial de Vivienda de Interés Social Rural, las condiciones para el otorgamiento y ejecución del subsidio;
Que igualmente el mencionado decreto, dispone que los recursos de la citada política serán los que para el efecto se apropien por el Presupuesto General de la Nación;
Que mediante las Resoluciones números 000126, 000315 y 000395 de 2019 el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural realizó la redistribución de los recursos de la Bolsa Nacional y la Bolsa para la Atención a Población Víctima, correspondientes al Programa de Vivienda de Interés Social y Prioritario Rural para la vigencia 2019;
Que, una vez realizada la validación de las postulaciones de los beneficiarios correspondientes a la Bolsa Nacional y la Bolsa para la Atención a Población Víctima, y efectuada la totalidad de los otorgamientos de los subsidios de Vivienda de Interés Social y Prioritario Rural a los hogares habilitados por la Resolución número 000395 de 2019, se evidenció que existían recursos remanentes sin ejecutar;
Que el Decreto 2257 de 2019 "por medio del cual se modifican los artículos 2.2.1.3.5 y 2.2.1.3.6 del Decreto 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, relacionado con la Distribución de recursos de Bolsa Nacional y la Bolsa para Atención a Población Víctima del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social y Prioritario Rural" dispuso que "Cuando un departamento no haga uso total de la distribución de recursos Pl' al corte del 30 de septiembre de cada vigencia, y queden excedentes residuales sin adjudicar o asignar, el Ministerio Agricultura y Desarrollo Rural, previa recomendación debidamente analizada y justificada por escrito por parte de la...
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