Resolución número 000453 de 2018, por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 0444 de 2018 - 29 de Noviembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 748568513

Resolución número 000453 de 2018, por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 0444 de 2018

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín50792

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de sus facultades constituciones y legales, en especial las conferidas por el artículo 7º de la Ley 101 de 1993, y los numerales 12 y 15 del artículo 3º del Decreto 1985 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural expidió la Resolución número 444 del 22 de noviembre de 2018, "por la cual se otorga un apoyo a la comercialización de maíz amarillo seco cosechado en el territorio nacional en el segundo semestre de 2018", dada la importancia de la producción de maíz amarillo seco en el país y en virtud a la baja rotación de los inventarios, protegiendo de esta manera los ingresos de los productores y garantizando la sostenibilidad y viabilidad de este importante cultivo, conforme a las políticas sectoriales establecidas por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Que en aras de mejorar la operatividad del programa, es necesario registrar la facturas de venta del maíz comercializado en la Bolsa Mercantil de Colombia S. A., mecanismo regulado por el Decreto 1555 de 2017, registrando de esta manera las operaciones en el sector agropecuario contribuyendo a formalizar el sector, formar precios y proporcionar estadísticas del mercado, datos importantes para el sector agropecuario.

Que en la Justificación Técnica, remitida por la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales mediante memorando 20185200102513, documento en virtud del cual se expide la presente resolución, considera necesario modificar parcialmente la Resolución número 0444 de 2018, con el fin de mejorar la operatividad del programa y garantizar que toda la documentación que sirve como soporte para el pago del incentivo a la comercialización cumpla los requisitos de ley, modificando especialmente los requisitos para la inscripción y el pago del apoyo a la comercialización de maíz amarillo seco en el segundo semestre de 2018.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Modifícase el parágrafo 1º del artículo de la Resolución número 444 de 2018, el cual quedará así:

"Parágrafo 1º. Se reconocerá el valor del apoyo a la comercialización de maíz amarillo seco únicamente a las ventas que se realicen directamente por el productor, persona natural o jurídica, a un industrial o comercializador con establecimiento de comercio. Para efectos del presente programa, se considera productor, a la persona natural o...

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