Resolución número 000455 de 2017, por medio de la cual se decide una actuación administrativa EXP. 440 de 2016 - 22 de Octubre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 743553813

Resolución número 000455 de 2017, por medio de la cual se decide una actuación administrativa EXP. 440 de 2016

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín50754

La Registradora Principal de Instrumentos Públicos (E) de Bogotá, Zona Norte, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los artículos 59 de la Ley 1579 de 2012, 42 y 43 de la Ley 1437 de 2011, 22 del Decreto 2723 de 2014 e Instrucción Administrativa 11 de 2015 de la SNR, y

CONSIDERANDO:

ANTECEDENTES

Mediante escrito radicado bajo número 50N2016ER20810 de 02/11/2016, el señor Jorge Alberto Arambula Vanegas, actuando como propietario del inmueble identificado con folio de matrícula inmobiliaria 50N-286501, afectado por los delitos de hurto y suplantación, dio continuidad al radicado 50N2016ER20201 anexando el oficio número 1905 de 26 de octubre de 2016 suscrito por el Juez Veintidós de Familia de Bogotá en el que manifiesta lo siguiente:

"De manera atenta me permito solicitar se sirva cancelar la anotación número once (11), en el folio de matrícula 50N-286501, como quiera que este juzgado no llevó a cabo sucesión de Jorge Alberto Arambula Vanegas y por consiguiente no se ordenó a la Oficina de Instrumentos Públicos la anotación señalada.

En este sentido debo señalar que el peticionario Jorge Alberto Arambula Vanegas ha demandado de este juzgado la citada cancelación y revisados los documentos que tuvo en cuenta la Oficina de Instrumentos públicos para llevar el registro consignado en la

anotación número once (11) se logró evidenciar que los documentos son apócrifos, en atención que la sucesión mencionada jamás se llevó en este juzgado" .

Adicional a lo anterior, el señor Arambula solicitó que se anulen las anotaciones 11 y 12 del folio de matrícula inmobiliaria 50N-286501 por haberse efectuado con fundamento en actos fraudulentos.

Posteriormente con documento radicado el 26 de diciembre de 2016 bajo número 50N2016ER24824, el señor Arambula anexó copia de la denuncia penal interpuesta ante la Fiscalía General de la Nación por los delitos cometidos en relación al inmueble identificado con folio 50N-286501. Dice haber correspondido su caso a la Fiscalía 144 de Bogotá.

LA ACTUACIÓN ADMINISTRATIVA

Con Auto número 11 de 6 de marzo de 2017 se inició actuación administrativa con el fin de establecer la real situación jurídica del inmueble identificado con folio de matrícula inmobiliaria 50N-286501.

Este acto administrativo fue comunicado a Jorge Alberto Arambula Vanegas, Omar Rico Arguello, Amparo García de Valencia y al Juzgado Veintidós de Familia de Bogotá.

Adicionalmente fue publicado en la página web de esta Superintendencia el 17 de julio de 2017 y en el Diario Oficial el 28 de...

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