Resolución número 000457 de 2017, por la cual se decide una actuación administrativa del folio de matrícula inmobiliaria 50N-477602. Expediente 462 de 2016 - 4 de Diciembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 748668265

Resolución número 000457 de 2017, por la cual se decide una actuación administrativa del folio de matrícula inmobiliaria 50N-477602. Expediente 462 de 2016

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín50797

La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá, Zona Norte (encargada), en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los artículos 59 de la Ley 1579 de 2012, 42, 43 de la Ley 1437 de 2011 y artículo 22 del Decreto 2723 de 2014,

CONSIDERANDO:

Mediante turno de corrección C2016-11487 de fecha 21 de noviembre de 2016, el grupo de correcciones recibe derecho de petición con radicado 50N2016ER22443 de fecha 17 de noviembre de 2016, que firma Luis Eduardo Bastidas Bernal, en el que solicita se corrijan los errores relacionados con la escritura 794 de fecha 23 de julio de 2016 otorgada en la Notaría Única del Círculo de Cota, la cual se encuentra registrada con el turno de radicación 2016-64207 y su respectiva aclaración realizada mediante escritura 979 de fecha 6 de septiembre de 2016 otorgada en la Notaría Única del Círculo de Cota.

Una vez realizado el estudio del turno de corrección, se determina que el folio 50N-477602 no exhibe su real situación jurídica por lo que se remite al grupo de abogados especializados para evaluar si son viables las correcciones solicitadas por el usuario en su petición; una vez realizado el estudio por parte del grupo de abogados especializados, se determina que se debe iniciar actuación administrativa a la que se le asigna el Expediente 462 de 2016, la cual tendrá como objeto establecer la real situación jurídica del folio de matrícula inmobiliaria citado, teniendo en cuenta que la escritura 794 de fecha 23 de julio de 2016 otorgada en la Notaría Única del Círculo de Cota, habla de derecho de dominio del inmueble, cuando los señores Hernando y Alfonso Arévalo Montaño, solo poseen derechos y acciones sobre dicho inmueble, como consta en los antecedentes registrales inscritos.

Mediante Auto número 000007 de fecha 9 de febrero de 2017, se inicia la respectiva actuación administrativa, tendiente a establecer la real situación jurídica del folio 50N-477602, comunicándose dicha decisión, a los siguientes terceros determinados: señores Hernando y Alfonso Arévalo Montano y al señor Luis Eduardo Bastidas Bernal, a los indeterminados y a quienes no fue posible darla a conocer se les comunicó con la publicación en el Diario Oficial en su edición 50.235 de fecha 16 de mayo de 2017 y en lo página web de la Superintendencia de Notariado y Registro, según constancia del Grupo de Divulgación, de fecha 12 de mayo de 2017, de conformidad con el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011.

INTERVENCIÓN DE TERCEROS

En curso la actuación administrativa, por escrito radicado con el número 50N2017ER06561 de fecha 22 de marzo de 2017, se recibe comunicación por parte del doctor Mario Montaño Murcia, quien actúa como apoderado de los señores Hernando Arévalo Montaño y Alfonso Arévalo Montaño, en la que se hacen parte dentro de la actuación administrativa y solicitan a la oficina se corrijan los errores que se repartan en el folio a estudio, como lo son la fecha de una de las escrituras a resciliar radicada con el turna 2016-64207, las personas intervinientes en la compraventa que obra en la misma escritura de resciliación y manifiestan que la Oficina obvió realizar la actualización de nomenclatura que es uno de los actos de la escritura 794 de fecha 23 de julio de 2016, otorgada en la Notaría Única de Cota.

PRUEBAS

Conforman el acervo probatorio, los siguientes documentos:

  1. Impresión simple del folio 50N-477602.

  2. ...

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