Resolución número 0004870 de 2017, por la cual se define el área de influencia para el Sistema de Transporte Masivo 'Regiotram Corredor de Occidente', se aprueba la Autoridad de Transporte para la administración, planeación y regulación del Sistema y se dictan otras disposiciones - 7 de Noviembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 696349081

Resolución número 0004870 de 2017, por la cual se define el área de influencia para el Sistema de Transporte Masivo 'Regiotram Corredor de Occidente', se aprueba la Autoridad de Transporte para la administración, planeación y regulación del Sistema y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín50410

El Ministro de Transporte, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 86 de la Ley 336 de 1996, 2.2.1.2.1.3.1 del Decreto número 1079 de 2015, 2.2.6.4.1 del Decreto número 1079 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 310 de 1996, en su artículo 2º numeral 5 establece como uno de los requisitos para que la Nación y sus entidades descentralizadas cofinancien o participen con aportes de capital, en dinero o en especie, en los Sistemas de Servicio Público de Transporte Masivo de pasajeros, el contar con una autoridad de Transporte para la administración del Sistema propuesto.

Que el artículo 86 de la Ley 336 de 1996 señala que el Ministerio de Transporte constituirá la Autoridad de Transporte para la administración de sistemas de transporte masivo, de acuerdo con los criterios de coordinación institucional y la articulación de los diferentes modos de transporte.

Que el Decreto número 1079 de 2015, en su artículo 2.2.1.2.1.3.1, dispone que a partir de la determinación del área de influencia, las entidades territoriales solicitarán al Ministerio de Transporte la aprobación de la Autoridad de Transporte del Sistema de Transporte Masivo.

Que el artículo 2.2.6.4.1 del Decreto número 1079 de 2015, señala que las autoridades de transporte ejercerán funciones de planificación, organización, control objetivo y vigilancia, bajo la coordinación institucional del Ministerio de Transporte, y velarán por el cumplimiento de las normas y las especificaciones técnicas requeridas para la prestación del servicio de transporte masivo de pasajeros.

Que en el parágrafo 1º del artículo 2.2.6.4.1 del Decreto número 1079 de 2015 se establece que los Entes territoriales o administrativos deberán establecer la Autoridad de Transporte encargada de la planeación y regulación del Sistema de Transporte.

Que el parágrafo 2º del artículo 2.2.6.4.1 del Decreto número 1079 de 2015, dispone que la Autoridad de Transporte encargada de la planeación y regulación del Sistema de Transporte Masivo deberá estar autorizada por el Ministerio de Transporte.

Que mediante comunicaciones 20173210685422 y 20173210691742 de octubre de 2017 el Gobernador del Departamento de Cundinamarca, los alcaldes de los municipios de Facatativá, Madrid, Funza y Mosquera solicitaron a este Ministerio definir el área de influencia del Sistema de...

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