Resolución número 0004918 de 2018, por la cual se modifica el parágrafo 1º del artículo 1º de la Resolución número 6427 del 17 de diciembre de 2009, modificado por la Resolución número 2498 del 28 de junio de 2018 - 25 de Octubre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 743833573

Resolución número 0004918 de 2018, por la cual se modifica el parágrafo 1º del artículo 1º de la Resolución número 6427 del 17 de diciembre de 2009, modificado por la Resolución número 2498 del 28 de junio de 2018

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín50757

La Ministra de Transporte, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los artículos y de la Ley 105 de 1993, artículo 29 de la Ley 769 de 2002, numeral 6.3 del artículo 6º del Decreto número 087 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 6427 de 2009 el Ministerio de Transporte dicta disposiciones para el control de peso a Vehículos de Transporte de Carga de dos ejes, estableciendo en el artículo 1º que los vehículos de transporte de carga de configuración 2, incluidos los vehículos HI-R 190, deben ser sometidos a control de peso bruto vehicular aplicando como parámetro de control un peso bruto vehicular máximo de 17000 kilogramos, con una tolerancia positiva de medición de 425 kilogramos.

Que posteriormente, el Ministerio de Transporte expidió la Resolución número 2498 de 2018, a través de la cual modifica el artículo 1º de la referida Resolución número 6427 de 17 de diciembre de 2009 del Ministerio de Transporte, estableciendo que los vehículos rígidos de dos (2) ejes destinados al transporte de carga registrados antes del 1º de enero de 2013, se someterán al control de peso en báscula, de acuerdo al peso bruto vehicular máximo fijado en la citada Resolución número 002498 de 2018.

Que el parágrafo 1º del artículo de la Resolución número 2498 de 2018, estableció lo siguiente:

""Parágrafo 1º. La concesión del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) o quien haga sus veces, deberá asignar el Peso Bruto Vehicular estándar para los vehículos rígidos de dos ejes con base en la información que contiene la Ficha Técnica de Homologación (FTH), y actualizar el Registro Nacional Automotor en un plazo no mayor a sesenta (60) días contados a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución.

Para aquellos vehículos que no cuente con Ficha Técnica de Homologación (FTH) o tengan inconsistencias en el...

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