Resolución número 000519 de 2019, por la cual se decide una Actuación Administrativa - 8 de Febrero de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 840101947

Resolución número 000519 de 2019, por la cual se decide una Actuación Administrativa

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bucaramanga
Número de Boletín51221

Expediente: 300- A.A.2018-35

El Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Bucaramanga, en ejercicio de las facultades legales y, en especial, de las conferidas por la Ley 1437 de 2011 y 1579 de 2012, procede a decidir la presente actuación administrativa,

ANTECEDENTES RESUELVE:

Artículo 1º

Ordenar incluir en el Folio número 300-391476, Anotación número 4, como comprador al señor David Fernando González Velandia, identificado con la cédula de ciudadanía número 91492943 en proporción de un 50% del derecho real de dominio, junto con Markus Dorfmann, identificado con Pasaporte número YA0644948, debiéndose suprimir el 100% a favor de este último, e incluir en su lugar el 50% del derecho real de dominio, por las razones expuestas en la parte motiva de esta resolución.

Artículo 2º Hacer las salvedades respectivas, dejando constancia de la fecha y número de la presente resolución.
Artículo 3º

Notificar la presente decisión a David Fernando González Velandia, identificado con la cédula de ciudadanía número 91492943 de Bucaramanga; Markus Dorfmann, identificado con Pasaporte número YA0644948, Fanny Yamile Peña Velandia, identificada con la cédula de ciudadanía número 37748620 de Bucaramanga, quien actúa como apoderada de Markus Dorfmann y al representante legal de Constructora Cinco Estrellas S.A.S., identificada con NIT 800219186-5, advirtiéndole que contra esta decisión procede el Recurso de Reposición ante el Registrador de Instrumentos Públicos y Apelación ante la Dirección Técnica de Registro - Subdirección de Apoyo Jurídico- de la Superintendencia de Notariado y Registro, que pueden interponer dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación. (Artículos 74 y siguientes CPACA).

Artículo 4º Si no fuere posible la notificación...

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