Resolución número 0005271 de 2017, por la cual se establece el procedimiento para la actualización de la información de los ex miembros de las FARC-EP, de que trata el Capítulo 6 del Título 1 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto número 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social en la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA) de acuerdo a los listados censales y la entrega de estos listados a la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) - 22 de Diciembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 699989769

Resolución número 0005271 de 2017, por la cual se establece el procedimiento para la actualización de la información de los ex miembros de las FARC-EP, de que trata el Capítulo 6 del Título 1 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto número 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social en la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA) de acuerdo a los listados censales y la entrega de estos listados a la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN)

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín50455

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en los artículos 173 numeral 7 de la Ley 100 de 1993 y 2 numeral 8 del Decreto-ley número 4107 de 2011, y en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto número 2026 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 48 de la Constitución Política establece que la seguridad social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará por entidades públicas o privadas bajo la dirección, coordinación y control del Estado en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad y que se garantiza a todos los habitantes como un derecho irrenunciable.

Que el artículo 49 ibídem, consagra como obligación del Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud y de saneamiento ambiental, conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad.

Que el Capítulo 6 del Título 1 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto número 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, establece las condiciones para la afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud de los miembros de las Fuerzas Armadas Revolucionarias Colombia Ejército del Pueblo (FARC-EP), definiendo que la afiliación se realiza mediante listados censales, que entrega la Oficina del Alto Comisionado para la Paz (OACP) al Ministerio Salud y Protección Social, y que este a su vez, efectúa la selección e inscripción a una Entidad Promotora de Salud (EPS), según el marco legal vigente y aplicable.

Que mediante el Decreto-ley número 897 de 29 de mayo de 2017, se modificó la estructura de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas, cambiando su denominación por Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) e incluyendo dentro del objeto de esta entidad el de gestionar, implementar, coordinar y evaluar, de forma articulada con las instancias competentes, la política, los planes, programas y proyectos de reincorporación y normalización de los integrantes de las FARC-EP.

Que el parágrafo 1º del artículo 8 del Decreto número 2026 de 2017, establece que el proceso de aseguramiento en salud de los ex miembros de las FARC-EP de que tratan los Decretos 1937 de 2016 y 294 de 2017, modificatorios del Decreto número 780...

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