Resolución número 000542 de 2017, por la cual se adopta una metodología de reconocido valor técnico para el cálculo de la provisión contable de los procesos judiciales, conciliaciones extrajudiciales y trámites arbitrales en contra de la entidad - 11 de Septiembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 693106077

Resolución número 000542 de 2017, por la cual se adopta una metodología de reconocido valor técnico para el cálculo de la provisión contable de los procesos judiciales, conciliaciones extrajudiciales y trámites arbitrales en contra de la entidad

EmisorEntidades Financieras de Naturaleza Especial - Agencia de Renovación del Territorio
Número de Boletín50353

La Directora General de la Agencia de Renovación del Territorio (ART), en ejercicio de sus facultades legales, y en especial las que le confiere el artículo 209 de la Constitución Política y el artículo 41 de la Ley 489 de 1998, y el Decreto 2366 de 2015, modificado por el Decreto 2096 de 2016,

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el artículo 1º de la Ley 448 de 1998, la Nación, las entidades territoriales y las entidades descentralizadas de cualquier orden deberán incluir dentro de sus presupuestos de servicio de deuda, las apropiaciones necesarias para cubrir las posibles pérdidas de las obligaciones contingentes a su cargo, de conformidad con la Ley Orgánica de Presupuesto de la Nación1.

Que las obligaciones citadas en el considerando anterior, son aquellas obligaciones pecuniarias sometidas a condición, es decir que su origen está sujeto a la ocurrencia de un hecho futuro e incierto. En tal sentido, las obligaciones que surjan de procesos judiciales y conciliaciones en donde ART sea parte, adquieren esta cualificación de contingente por cuanto su nacimiento depende de la expedición de sentencias o laudos condenatorios y suscripción de conciliaciones que impliquen para la entidad, el pago de indemnizaciones a terceros.

Que acorde con la Ley 819 de 2003, las valoraciones de los pasivos contingentes nuevos que resulten de la celebración de operaciones de crédito público, otros contratos administrativos y sentencias y conciliaciones cuyo perfeccionamiento se lleve a cabo con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 448 de 1998, serán aprobados por la Dirección General de Crédito publico y tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda según el artículo 3º de esta misma ley y se tratarán de acuerdo a lo establecido en dicha ley.

Que a su vez el Capítulo V del Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública que adoptó la Contaduría General de la Nación mediante la Resolución número 356 de 2007, las entidades estatales deberán llevar el registro contable de los procesos adelantados en su contra, en cuentas de orden o dentro del balance dependiendo del estado del proceso.

1 Resolución 353 de 2016 ANDJE

Que mediante la Circular Externa 09 del 17 de noviembre de 2016 emanada de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado se indicó, que la metodología establecida en la circular 23 de 2015, al no encontrarse ajustada al nuevo marco normativo señalado por la Contaduría, debía ser revocada, razón por la cual, se puso a disposición de las entidades públicas del orden nacional una nueva metodología de reconocido valor técnico para el cálculo de la provisión contable, que fue adoptada por la Agencia de Defensa Jurídica del Estado mediante la Resolución 353 de 2016.

Que en atención a lo anteriormente expuesto, es necesario que la Agencia de Renovación del Territorio, proceda a adoptar la nueva metodología para el cálculo de la provisión contable establecida mediante la precitada Resolución 353 de 2016, a fin de poder realizar la estimación de la provisión contable de los procesos judiciales, conciliaciones extrajudiciales y trámites arbitrales de acuerdo a los parámetros establecidos por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y al Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública.

Que de acuerdo a las funciones conferidas en el Decreto 2366 de 2015, la Agencia de Renovación del Territorio con el objeto de asegurar y velar por el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales procede a fijar una metodología de reconocido valor técnico, para el cálculo de la provisión contable de los pasivos contingentes por actividad litigiosa, de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente a que hacen referencia las normas anteriormente citadas.

Que en mérito de todo lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto.

Establecer lineamientos que deben ser adoptados por los apoderados de la Agencia de Renovación del Territorio, para el cálculo de la provisión contable de los procesos judiciales, conciliaciones extrajudiciales, y trámites arbitrales en contra de la entidad y mediante la metodología de reconocido valor técnico que se describe a continuación.

Artículo 2º Alcance.

Estos lineamientos van dirigidos a todos los apoderados de la Agencia de Renovación del territorio para aplicar la metodología de provisión de contingencias judiciales que debe ser...

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