Resolución número 0005800 de 2016, por la cual se adiciona un literal y un parágrafo al artículo 7º de la Resolución número 3752 de 2015 - 30 de Diciembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 656605321

Resolución número 0005800 de 2016, por la cual se adiciona un literal y un parágrafo al artículo 7º de la Resolución número 3752 de 2015

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín50102

El Ministro de Transporte, en ejercicio de sus facultades Constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 5º de la Ley 105 de 1993 modificado por el artículo 1º de la Ley 276 de 1996, 31 de la Ley 336 de 1996, 6 numeral 6.3 del Decreto número 087 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 1º de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 1º de la Ley 1383 de 2010, le corresponde al Ministerio de Transporte como autoridad suprema de tránsito definir, orientar, vigilar e inspeccionar la ejecución de la política nacional en materia de tránsito.

Que en atención a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 769 de 2002, todos los vehículos que circulen por el territorio nacional deben cumplir con los requisitos generales y las condiciones mecánicas y técnicas que propendan por la seguridad.

Que de conformidad con el literal e) del artículo de la Ley 105 de 1993 y artículo 1º de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 1º de la Ley 1383 de 2010, la seguridad de los usuarios constituye un principio rector del Código Nacional de Tránsito y una prioridad del Sistema y del Sector Transporte.

Que el Ministerio de Transporte expidió la Resolución número 3752 de 2015, mediante la cual se adoptaron medidas en materia de seguridad activa y pasiva para uso en vehículos automotores, remolques y semirremolques a efectos de hacerlas exigibles a partir del 1º de enero de 2017.

Que durante el año 2016, se ha adelantado el proceso de importación de vehículos que aún no han surtido el proceso de desaduanamiento a efectos de poder ser comercializados e igualmente existe un inventario considerable de vehículos en poder de distribuidores que habiendo estado destinados a venta durante el año 2016, no han sido matriculados.

Que de conformidad con lo anterior, se hace necesario adicionar la Resolución número 3752 de 2015, en el sentido de permitir que se finalice el proceso de importación de los vehículos que al 31 de diciembre de 2016, estén en proceso de importación y demuestren que no han podido culminar el proceso por circunstancias de fuerza mayor, caso fortuito o contingencias judiciales.

Que mediante memorando 20164000281623 de 2016, la Directora de Transporte y Tránsito del Ministerio de Transporte envió el...

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