Resolución número 0006093 de 2017, por la cual se distribuye un empleo en la planta global en el Ministerio de Transporte, se hace un nombramiento provisional y se dictan otras disposiciones - 25 de Enero de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 701672077

Resolución número 0006093 de 2017, por la cual se distribuye un empleo en la planta global en el Ministerio de Transporte, se hace un nombramiento provisional y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín50487

El Ministro de Transporte, en ejercicio de sus facultades legales y, en especial, las conferidas por los artículos 61 literal g) y 115 de la Ley 489 de 1998, 3º del Decreto número 2054 de 2003 y del Decreto número 1338 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 61 literal g) de la Ley 489 de 1998, dispone: "Funciones de los Ministros. Son funciones de los Ministros, además de las que le señalan la Constitución Política y las disposiciones legales especiales, las siguientes: (...) g) Dirigir las funciones de administración de personal conforme a las normas sobre la materia".

Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998. Estipula: "Planta global y grupos internos de trabajo. El Gobierno nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente Ley de manera global. En todo caso el Director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de organización y sus planes y programas (...)".

Que en el artículo 3º del Decreto número 2054 de 2003, "por la cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Transporte y se dictan otras disposiciones", establece: "El Ministro de Transporte, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará al personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio".

Que en este sentido, el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto número 1083 de 2015 modificado por el Decreto número 648 de 2017, refiere que las vacantes definitivas en empleos de carrera se proveerán en período de prueba o en ascenso, con las personas que hayan sido seleccionadas mediante el sistema de mérito, de conformidad con lo establecido en la Ley 909 de 2004 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos de carrera, según corresponda, y que mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera definitiva podrá proveerse...

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