Resolución número 001038 de 2018, por la cual se derogan las Resoluciones 117 de marzo de 2014, 1201 del 16 de diciembre de 2014, se conforma y reglamenta el Comité de Contratación de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec) - 21 de Diciembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 751765685

Resolución número 001038 de 2018, por la cual se derogan las Resoluciones 117 de marzo de 2014, 1201 del 16 de diciembre de 2014, se conforma y reglamenta el Comité de Contratación de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec)

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios
Número de Boletín50814

La Directora General de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios, en uso de las facultades legales y en especial las conferidas en los artículos 209, 211 y 269 de la Constitución Política de Colombia, artículos 3, 9 y 10 de la Ley 489 de 1998, artículo 12 de la Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007, numeral 18 del artículo 12 del Decreto 4150 de 2011, Ley 1882 de 2018 y demás normas concordantes y

CONSIDERANDO:

Que los artículos 209 y 211 de la Constitución Política disponen que las autoridades administrativas coordinan sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines estatales y que la función administrativa debe estar al servicio de los intereses generales y se debe desarrollar en el marco de los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.

Que el numeral 9 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, dispuso que en los procesos de contratación intervendrán el jefe y las unidades asesoras ejecutoras de la entidad, de conformidad con las normas que rigen su organización y funcionamiento.

Que en concordancia con lo expuesto, el numeral 18 del artículo 12 del Decreto 4150 de 2011, facultó al Director General de la Entidad para crear y organizar comités al interior de la Entidad, a fin de atender las funciones que le corresponde a su naturaleza jurídica, de acuerdo con las necesidades del servicio, los planes, programas y proyectos aprobados por la Entidad.

Que la entidad mediante Resolución 117 de 2014, modificada por la Resolución 1201 de 2014 adoptó la integración del Comité de Contratación, sin embargo, se hace necesario actualizar dicha conformación, así como su funcionamiento y competencias en aras de dinamizar y agilizar los procesos de selección contractual que adelanta la entidad.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Conformación:

Confórmese al interior de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec), el Comité de Contratación, como máxima instancia de asesoría, consulta, definición, orientación y decisión de los asuntos de orden precontractual, contractual y poscontractual que sean sometidos a su consideración conforme a su competencia.

Artículo 2º Integración comité de contratación:

El Comité de Contratación de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios estará integrado por:

  1. El Director General o su delegado

  2. El Director de Gestión Contractual

  3. El Director Administrativo y Financiero

  4. El Director de Logística

  5. El Director de Infraestructura

  6. El jefe de la oficina asesora jurídica

  7. El coordinador del Grupo precontractual de la DIGECO quien ejercerá la Secretaría Técnica.

Parágrafo 1º. El comité de Contratación será presidido por el Director de la Unidad. En las sesiones que no pueda asistir el Director General, será presidido por el Director de Gestión Contractual.

El Director General es el único que podrá delegar su participación en el Comité. La participación de los demás miembros del comité será indelegable.

Parágrafo 2º. El Jefe de la Oficina de Control Interno, será invitado a todas las sesiones y participará con voz, pero sin voto. Así mismo, deberá acudir a esta instancia, el Subdirector, Jefe de Oficina o Coordinador del grupo...

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