Resolución número 001172 de 2017, por la cual se modifica una resolución de Clasificación Arancelaria - 29 de Marzo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 674764549

Resolución número 001172 de 2017, por la cual se modifica una resolución de Clasificación Arancelaria

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín50190

La Subdirectora de Gestión Técnica Aduanera, en uso de las facultades legales que le confiere el Decreto 4048 de 22 de octubre de 2008 y

CONSIDERANDO:

Que la empresa "Cementos Argos S.A." con NIT. 890.100.251-0, mediante formato radicado con el número 000E2015049521 del 18 de diciembre de 2015, presentó solicitud para la clasificación arancelaria del producto denominado por el solicitante técnica y comercialmente como "Unidad Funcional Proceso de Producción de Cemento con sus partes línea 2 Planta Sogamoso - Proceso de Molienda".

Mediante la Resolución número 001791 del 9 de marzo de 2016, la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera clasificó la mercancía citada, en la subpartida arancelaria 8474.20.90.90 del Arancel de Aduanas como las demás máquinas de quebrantar, triturar o pulverizar, y de acuerdo con la Nota Legal 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 de la nomenclatura arancelaria, contenida en el Decreto 4927 de 2011 y sus modificaciones.

De acuerdo con la Resolución número 001791 del 9 de marzo de 2016 expedida, hacen parte de la unidad funcional clasificada, las siguientes máquinas y equipos:

"MÁQUINAS Y EQUIPOS

  1. Cuatro (4) válvulas de extracción del silo

  2. Un (1) transportador metálico de bandejas

  3. Un (1) tolva de clinker 20 m3

  4. Tres (3) bandas transportadoras de 540 t/h

  5. Nueve (9) bandas transportadoras de 120 t/h

  6. Dos (2) bandas transportadoras de 260 t/h

  7. Dos (2) bandas transportadoras de 94 t/h

  8. Diez (10) bandas dosificadoras con capacidades de 20 t/h a 165 t/h

  9. Ocho (8) cadenas de arrastre

  10. Cinco (5) bandas de 550 t/h

  11. Una (1) banda de 300 t/h

  12. Dos (2) molinos verticales de rodillos

  13. Dos (2) separadores dinámicos

  14. Dos (2) sistemas de inyección de agua

  15. Dos (2) elevadores de cangilones de 121 t/h

  16. Dos (2) elevadores de 178 t/h

  17. Dos (2) generadores de aire caliente con accesorios

  18. Dos (2) colectores principales

  19. Diez (10) aerodeslizadores

  20. Dos (2) muestreadores automáticos

  21. Dos (2) bombas de transporte neumático de 225 t/h.

  22. Dos (2) equipos de inyección de ayudante de molienda

  23. Cuatro (4) equipos hidraúlicos

  24. Dieciséis (16) unidades de lubricación

  25. Seis (6) compresores de aire para el transporte de cemento

  26. Dos (2) unidades de ventilación

  27. Ventaseis (26) colectores de polvo

  28. Cuatro (4) compresores para el sistema de despolvado

  29. Doscientos seis (206) motores eléctricos

  30. Cinco (5) transformadores

  31. Cuatro (4) variadores

  32. Doce (12) celdas de media tensión

  33. Siete (7) CCM (centro de control de motores)

  34. Un (1) sistema de control"

Con el escrito radicado DIAN número 000E2016906206 del 27 de octubre de 2016, la señora Diana Yamile Ramírez Rocha identificada con cédula de ciudadanía 51896835 actuando en calidad de Representante Legal de la empresa "Cementos Argos S.A." solicita que "se modifique la Resolución 1791 del 9 de marzo de 2016.

La modificación que se solicita es con el fin de que se incluya dentro de la Resolución...

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